MODELO DE RECURSO DE APELACIÓN EN CONTRA DE SENTENCIA EMITIDA EN PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL
Se ofrece el modelo de un recurso de apelación de sentencia en un proceso contencioso administrativo laboral (Autor José María Pacori Cari)
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MODELO DE RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA EN UN
PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL
José María Pacori Cari
Miembro de la Asociación Española de Derecho del
Trabajo y de la Seguridad Social
ÁREA: DERECHO ADMINISTRATIVO
LÍNEA: PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LABORAL
En el
ordenamiento jurídico peruano, tenemos el proceso contencioso administrativo el
que se regula por el TUO de la Ley 27584, por su parte en materia laboral
tenemos a la Nueva Ley Procesal del Trabajo – Ley 29497 – que refiriéndose a
los conflictos laborales individuales en el derecho laboral público indica la
competencia de los jueces laborales pero indica que el proceso a seguirse será
el previsto en el TUO de la Ley 27584; de esta manera, cuando se inicia un
proceso contencioso administrativo laboral este culmina con la emisión de una
sentencia, la cual al ser adversa a una de las partes puede ser impugnada a
través de un recurso de apelación que debe de cumplir en un inicio con los
requisitos del TUO de la Ley 27584 para
aplicarse supletoriamente al mismo lo dispuesto en el Código Procesal Civil.
Este es un modelo de cómo es este recurso con la indicación de las normas
jurídicas que sustentan cada parte indicada (Autor José María Pacori Cari)
Modelo de apelación de sentencia en proceso
contencioso administrativo laboral
ESPECIALISTA : (Indicar el nombre)
EXPEDIENTE : (Indicar el Nro. De Expediente)
CUADERNO : PRINCIPAL
ESCRITO : 01-2019
SUMILLA : Interpongo Recurso de Apelación de Sentencia en
proceso contencioso administrativo laboral
SEÑOR JUEZ DEL CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO DE
TRABAJO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA
(Indicar el nombre del Abogado), abogado
patrocinador de (Indicar el nombre o
denominación de la parte que interpone el recurso) en el proceso
contencioso administrativo laboral que sigue en contra del (…) y otro; a Ud.,
respetuosamente, digo:
El artículo 34, inciso 2, del
TUO de la Ley 27584 establece que “En
el proceso contencioso administrativo proceden los siguientes recursos: (…) 2.
El recurso de apelación contra las siguientes resoluciones: 2.1 Las sentencias,
excepto las expedidas en revisión.”
Asimismo, el artículo 34 del TUO de la Ley 27584 indica “Los recursos tienen los mismos requisitos de admisibilidad
y procedencia regulados en el Código Procesal Civil.”
Dentro de este contexto,
I.- PRETENSIÓN
IMPUGNATORIA
Como pretensión impugnatoria, interpongo recurso
de apelación en contra de la
Sentencia Nro. (…) que declara infundada la demanda a fin de que el superior en
grado luego de un reexamen proceda a:
1.- Recovar la sentencia emitida y declare
fundada la demanda por interpretación distinta de pruebas; o, subordinadamente:
2.- Declarar la nulidad de la sentencia emitida,
disponiéndose que el Juez de primera instancia vuelva a emitir sentencia al no
existir una valoración suficiente, conjunta o razonada de los medios de prueba
obrantes en el expediente
II.- PLAZO PARA
INTERPOSICIÓN DEL RECURSO
El artículo 27.2, literal f) del TUO de la Ley 27584 establece que
“Los
plazos previstos en esta ley se computan desde el día siguiente de recibida la
notificación. Los plazos aplicables son: (…) f) Cinco días para apelar la
sentencia, contados desde su notificación.” En el presente caso, la
sentencia me fue notificada el (…), siendo que el plazo para su apelación vence
el (…).
Conforme a esto,
Es así que procedemos a cumplir con lo indicado en el artículo 366
del Código Procesal Civil que indica “El
que interpone apelación debe fundamentarla, indicando el error de hecho o de
derecho incurrido en la resolución, precisando la naturaleza del agravio y
sustentando su pretensión impugnatoria”.
III.- FUNDAMENTACIÓN DE LA APELACIÓN
III.1.- INDICACIÓN DEL ERROR DE HECHO O
DE DERECHO
Se incurre en error en el Tercero Considerando, numeral 1, de la
Sentencia impugnada indica lo siguiente:
“Respecto a la situación del actor (…)” (El resaltado es nuestro)
1.- Respecto de lo resaltado,
consideramos que (…)
2.- De esta manera, conforme a lo indicado por (…)
También se incurre en error en el Tercero Considerando, punto 2,
de la sentencia impugnada indica lo siguiente:
“De la revisión de actuados aparece (…)”
Respecto de
este considerando queremos indicar la existencia de un error de hecho y derecho
en los siguientes términos:
1.- En los
considerandos 4.3.3 y 4.3.4 de la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída
en el Expediente (…) se establece lo siguiente:
“(…)”
2.- Estando
a lo anterior tenemos que ha fojas 13 obra el (…) que en su objeto de
contratación indica lo siguiente:
(…)
De esto se verifica que la prestación
de servicios era en (…).
3.- Asimismo, a fojas 23 obra el (…)
(…)
10.- Por lo tanto, al ser conforme a
los documentos indicados las funciones que se realizan de naturaleza permanente
se debió de declarar fundada la demanda.
III.2.- SUSTENTO DE LA PRETENSIÓN
IMPUGNATORIA
Sin perjuicio en la indicación de errores en la valoración
conjunta de medios probatorios antes indicada, sustento mi pedido en lo
siguiente:
1.- Con fecha 12 de junio de 2018 se ha emitido la Casación
10555-2016 Tacna que en su considerando Quinto último párrafo indica lo
siguiente: (…)
2.- Esta Casación no ha sido tomada en cuenta al momento de
emitirse sentencia, situación que hubiera motivado la fundabilidad de la
demanda, más aún cuando a fojas 141 (…)
Conforme a lo indicado la demanda debe ser declarada fundada
III.3.- PRECISIÓN DE LA NATURALEZA DEL
AGRAVIO
La naturaleza del agravio en el presente caso es moral y
económica.
1.- Es moral puesto que, pese a la presentación de medios de
prueba idóneos, incluso los remitidos por el Gobierno Regional de (…), los
mismos no han sido valorados ni idónea ni conjuntamente, evitando un
pronunciamiento en justicia.
2.- Es económico el agravio puesto al impedir mi reposición a mi
puesto de trabajo no puedo ostentar un ingreso remunerado.
POR LO EXPUESTO:
A UD. pido conceda el presente recurso de apelación con efecto
suspensivo, conforme al artículo 371 del Código Procesal Civil que indica “Procede
la apelación con efecto suspensivo contra las sentencias y autos que dan por
concluido el proceso o impiden su continuación, y en los demás casos previstos
en este Código.”
PRIMERO OTROSI. Al tratarse
de un proceso contencioso administrativo laboral que no tiene monto del
petitorio, me encuentro exonerado de presentar arancel judicial por apelación
de sentencia.
Arequipa, 17
de julio de 2019.
(Firma del abogado, es importante indicar que los
recursos que benefician a los justiciables pueden ser presentados sólo por el
abogado, no siendo necesaria la firma de la parte impugnante)
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