MODELO DE CONTRATO AGRARIO DE APARCERÍA PECUARIA


MODELO DE CONTRATO AGRARIO DE APARCERÍA PECUARIA

José María Pacori Cari
Catedrático de Derecho de la UJCM

ÁREA: DERECHO AGRARIO
LÍNEA: CONTRATOS AGRARIOS


Se muestra la forma de elaborar un contrato agrario destinado a la entrega que realiza el propietario de animales a otra persona para que a través de la crianza de éste produzca nuevos animales los cuales serán repartidos entre los contratantes, este contrato también se conoce como contrato al partir, por cuanto se partirá el producto de la crianza (Autor José María Pacori Cari)

A continuación el vídeo de explicación de este contrato:


Ahora el modelo de escrito, también puede tocar la imagen:

Modelo de contrato al partir

CONTRATO AGRARIO DE APARCERÍA PECUARIA
Conste por el presente contrato que celebran:

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
De una parte (indicar nombres y apellidos, denominación o razón social, documento oficial de identidad) con domicilio en (…) a quien en adelante se denominará APARCERO DADOR; y
De la otra parte (indicar nombres y apellidos, denominación o razón social, documento oficial de identidad) con domicilio en (…) a quien en adelante se denominará APARCERO TOMADOR;

Quienes convienen de mutuo acuerdo en los términos y condiciones siguientes:

PRIMERO. INVENTARIO. El ganado aportado por el aparcero dador del cual es propietario será entregado al aparcero tomador conforme a las siguientes indicaciones:

CANTIDAD

RAZA

CALIDAD

SEXO

PESO

EDAD DEL GANADO

PRECIO EN EL MERCADO


Este inventario sirve para determinar lo que tiene derecho a tomar el aparcero dador a la terminación del contrato y no transfiere la propiedad del ganado al aparcero tomador.
SEGUNDO. OBJETO. La presente aparcería pecuaria tiene por objeto la crianza y aprovechamiento de los animales indicados en la cláusula anterior, a fin de distribuir los frutos que se deriven de la crianza y aprovechamiento de dichos animales.
TERCERA. DURACIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato tendrá una duración de (…) años, a cuyo término culmina indefectiblemente sin prórroga automática, salvo nuevo contrato expreso entre las partes.
CUARTA. PAGO. Siendo que la cosa dada en aparcería son animales, a cada parte le corresponderá el 50% de los frutos y productos o utilidades, es nulo el pacto por el cual el aparcero tomador debe asumir las pérdidas en una proporción mayor que las ganancias.
QUINTA. OBLIGACIÓN DEL APARCERO DADOR. El aparcero dador de animales estará obligado a mantener al aparcero tomador en posesión pacífica de ellos y a sustituirlos por otros en caso de evicción.
SEXTA. PROHIBICIÓN DE DISPOSICIÓN. Ninguna de las partes podrá disponer, sin consentimiento de la otra, de los animales dados en aparcería o de los frutos y productos de ellos antes de su repartición. Sin embargo, el aparcero dador podrá retirar los animales cuando el aparcero tomador abandone la actividad o no actúe con la diligencia de un buen padre de familia en la realización de esta.
SÉPTIMA. GASTOS. Los gastos y trabajo necesarios para el cuidado y crianza de los animales correrán por cuenta del aparcero tomador, para lo cual deberá usar la diligencia del buen ganadero
OCTAVA. TERMINACIÓN DEL CONTRATO. A la terminación del contrato, las partes deben proceder a realizar un nuevo inventario del ganado. El aparcero dador retirará, en virtud del contrato, un conjunto de cabezas igual a las que haya aportado, de acuerdo con el número, raza, sexo, peso, calidad y edad que corresponda. El resto se dividirá conforme a la cláusula cuarta.

(Lugar de celebración), 09 de diciembre de 2018.

(Firma de los intervinientes en el contrato agrario)

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