CLAUSULAS ESPECIALES DEL CONTRATO DE TRABAJO
José María Pacori Cari
Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo
y de la Seguridad Social
Veamos un vídeo explicativo a continuación:
Las clausulas especiales completan el conjunto normativo que dirige la vida del trabajador en la empresa, como son normas restrictivas y, en general, establecidas para la protección del empleador, es preciso verificar en cada caso si la adhesión del trabajador o su contenido ético le beneficia o le es potencialmente dañoso.
1.- CLÁUSULA DE EXCLUSIVIDAD
TERRITORIAL
Consiste en la posibilidad de que el
empleador pueda exigir por contrato que determinado trabajador se abstenga de
trabajar en una empresa de la competencia en una distancia determinada.
2.- CLÁUSULA DE PERMANENCIA
Consiste en el acuerdo por el cual
el trabajador se obliga a permanecer en el servicio del empleador durante
cierto lapso de tiempo, renunciando así durante ese periodo al derecho de
renunciar al contrato de trabajo.
3.- CLÁUSULA DE NO COMPETENCIA
Es claro que el trabajador no puede
competir con su empleador en cuanto el contrato de trabajo está en vigencia
porque eso resquebrajaría la confianza entre las partes. Ahora bien, cuando se
admite la validez de la cláusula de no competencia en el contrato de trabajo
debe considerarse que es imprescindible fijar un plazo máximo para la
prohibición de que el trabajador pueda ingresar en la empresa de la competencia.
4.- CLÁUSULA DE
NO RECLUTAMIENTO
Por medio de la cláusula de no
reclutamiento, la empresa prohíbe al trabajador reclutar sus clientes o
trabajadores durante o al finalizar el contrato de trabajo, el objetivo es
evitar desviar la clientela o la captación del grupo de trabajadores entrenado
y con amplio conocimiento del segmento del mercado.
5.- CLÁUSULA DE EXCLUSIVIDAD
La cláusula de exclusividad será
válida para limitar una segunda relación de empleo con la empresa de la
competencia o con otra que sin ser la competencia puede aprovechar de las
informaciones confidenciales que ese trabajador pueda haber obtenido en razón
de su trabajo, no resulta lícito prohibir genéricamente el ejercicio de
cualquier trabajo.
6.- CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD
La confidencialidad es un
comportamiento exigible en cualquier relación laboral porque afecta normalmente
la ética y la buena be que existen en los contratos de trabajo, es posible que
conste como cláusula específica la necesidad de sigilo, especialmente a lo
referido al objeto social del empleador que exige la regla de mercado, no se
prohíbe el trabajo en otra empresa, sino la revelación de los secretos que el
trabajador eventualmente detenta en razón de su cargo
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