MODELO
DE DEMANDA DE AMPARO PARA DESAFILIACIÓN DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES
Por
José María Pacori Cari
Socio
de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
ÁREA:
DERECHO PREVISIONAL
LÍNEA:
PROCEDIMIENTO DESAFILIACIÓN SPP
Se ofrece un modelo de demanda de
amparo para lograr la desafiliación del SPP, el mismo TC indicó que lo único
que puede hacer es ordenar el inicio del procedimiento de desafiliación, más no
la desafiliación en sí misma; en la Hoja procesal encontrará el sustento
jurídico que justifica la demanda realizada, resulta de importancia las
jurisprudencias que se mencionan en la referida Hoja (Autor José María Pacori
Cari).
HOJA PROCESAL DE LA DEMANDA PARA
DESAFILIACIÓN DEL SPP
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PRETENSIÓN
PROCESAL
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Se ordene
el inicio del trámite de desafiliación del Sistema Privado de Pensiones (SPP)
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INTERÉS
PARA OBRAR (prescripción, caducidad o conciliación)
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“Todos los poderes públicos, incluida la Administración
Pública, deberán tener presente, tal como lo ha precisado este Colegiado de
manera uniforme y constante —en criterio que mutatis mutandis es aplicable a cualquier proceso judicial o
procedimiento administrativo que prevea plazos de prescripción o caducidad—
que las afectaciones en materia pensionaria tienen la calidad de una
vulneración continuada, pues tienen lugar mes a mes, motivo por el cual no
existe posibilidad de rechazar reclamos, recursos o demandas que versen sobre
materia previsional, argumentando el vencimiento de plazos prescriptorios o
de caducidad.” (Fundamento 59, STC Exp. 1417-2005-AA/TC, Manuel
Anicama Hernández)
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LEGITIMIDAD
PARA OBRAR ACTIVA
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Asegurado.
“El afectado es la persona legitimada para interponer el proceso de amparo.”
(Art. 39 C. P. Const.)
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LEGITIMIDAD
PARA OBRAR PASIVA
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Superintendencia
de Banca, Seguros y AFP (SBS) y la Administradora de Fondo de Pensiones
(AFP).
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COMPETENCIA
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“Es competente para conocer del proceso de amparo, del
proceso de hábeas data y del proceso de cumplimiento el Juez civil o mixto
del lugar donde se afectó el derecho, o donde tiene su domicilio principal el
afectado, a elección del demandante.” (Art. 51 C. P. Const.). Es
preciso indicar que en algunos distritos judiciales existen Juzgados
Especializados en lo Constitucional.
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CAPACIDAD
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El
afectado
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REQUISITOS
DE LA DEMANDA (petitorio, acumulación de pretensiones o medios de prueba)
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El art. 42
del Código Procesal Constitucional establece que “La demanda escrita contendrá, cuando menos, los siguientes datos
y anexos:1) La designación del Juez ante quien se interpone; 2) El nombre,
identidad y domicilio procesal del demandante; 3) El nombre y domicilio del
demandado, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 7 del presente Código;
4) La relación numerada de los hechos que hayan producido, o estén en vías de
producir la agresión del derecho constitucional; 5) Los derechos que se
consideran violados o amenazados; 6) El petitorio, que comprende la
determinación clara y concreta de lo que se pide; 7) La firma del demandante
o de su representante o de su apoderado, y la del abogado. En ningún caso la
demanda podrá ser rechazada por el personal administrativo del Juzgado o Sala
correspondiente.” Supletoriamente el art. 424 y 425 del CPC.
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VOLUNTAD
DE LA LEY
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En la STC 7281-2006-PA/TC, el Tribunal Constitucional emitió
pronunciamiento respecto a las causales de solicitud de desafiliación,
incluida la referida a la falta de información y a la insuficiente o errónea
información, y estableció dos precedentes vinculantes: el primero, sobre la
información (Cfr. fundamento 27),
y el segundo, sobre las pautas a seguir respecto del procedimiento de
desafiliación (Cfr. fundamento
37); cuyo sustento constitucional directo es el artículo 65 de la
Constitución, el cual señala que el Estado garantiza el derecho de las
personas a la información sobre los bienes y servicios que se encuentren a su
disposición en el mercado.
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Modelo de demanda de desafiliación del SPP por falta de
información
EXPEDIENTE : (…)
SECRETARIO : (…)
ESCRITO :
01-2017
SUMILLA :
DEMANDA CONSTITUCIONAL DE AMPARO PARA DESAFILIACIÓN DEL SPP
SEÑOR
JUEZ (Juez Especializado en lo Civil o
Juez Especializado en lo Constitucional, ver hoja procesal competencia)
(Nombres y apellidos del afectado), con DNI (…), con domicilio real
(…), con domicilio procesal (…), con domicilio electrónico (…); a Ud.,
respetuosamente, digo:
I.-
DEL DEMANDADO Y SU DIRECCIÓN
1.-
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP (SBS), debidamente representado por (…),
con domicilio en (…)
2.-
ADMINISTRADORA DE FONDO DE PENSIONES (AFP) (indicar
la AFP en la que aporta), debidamente representado por (…), con domicilio
en (…).
II.-
PETITORIO
Como
pretensión principal, interpongo
demanda constitucional de amparo para que se declare la nulidad de la
Resolución SBS (…) ordenándose el inicio del trámite de desafiliación del
Sistema Privado de Pensiones (SPP) por la causal de indebida, insuficiente y/o
inoportuna información, más el abono de los costos procesales.
III.-
RELACIÓN NUMERADA DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA DEMANDA
(Se debe de indicar que se reúne los requisitos exigidos para la
libre desafiliación, por lo que presentó su solicitud argumentando la causal de
falta de información, sin embargo, su petición le fue denegada manifestando que
cumple con las exigencias para acceder a una pensión mínima del SPP, vulnerando
de esta manera su derecho al libre acceso a un régimen previsional)
(Desarrolle los hechos que sustentan su pedido)
IV.-
DERECHOS QUE SE CONSIDERAN VIOLADOS
El artículo 11 de la Constitución
Política del Perú que indica “El Estado
garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones, a través de
entidades públicas, privadas o mixtas. Supervisa asimismo su eficaz
funcionamiento.”
El artículo 65 de la Constitución
Política del Perú que indica “El Estado
defiende el interés de los consumidores y usuarios. Para tal efecto garantiza
el derecho a la información sobre los bienes y servicios que se encuentran a su
disposición en el mercado. Asimismo vela, en particular, por la salud y la
seguridad de la población.”
V.- MONTO DEL PETITORIO
Debido a la naturaleza de la pretensión no es cuantificable en
dinero
VI.- MEDIOS PROBATORIOS
(Tratándose de una demanda de amparo
los medios de prueba que se ofrezcan son de actuación inmediata debido a que
este tipo de proceso no existe etapa probatoria)
1.- Resolución SBS (…) con el objeto de acreditar que se desestimó
en la vía administrativa mi pedido de desafiliación.
(…)
VII.- ANEXOS
1-A Copia de mi DNI
1-B Resolución SBS (…).
1-C (…)
(Agregar los documentos que sean
necesarios y que hayan sido ofrecidos como medios de prueba)
POR
LO EXPUESTO:
A UD. pido admitir a trámite mi
demanda.
Arequipa, 26 de noviembre del
2017.
(Firma del Abogado y Firma del
Demandante)
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