¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN EN EL RÉGIMEN GENERAL DEL SNP?

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN EN EL RÉGIMEN GENERAL DEL SNP?

Por José María Pacori Cari

Catedrático de Derecho de Derecho de la Seguridad Social en la UJCM


El artículo 38 del Decreto Ley 19990 establece que

Tienen derecho a pensión de jubilación los hombres a partir de los sesenta años de edad y las mujeres a partir de los cincuenticinco a condición de reunir los requisitos de aportación señalados en el presente Decreto Ley.”

Posteriormente, el artículo 9 de la Ley 26504 establece que

La edad de jubilación en el Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley Nº 19990 es de 65 años.” 

Asimismo, el artículo 1 del Decreto Ley 25967 establece que 

"Ningún asegurado de los distintos regímenes pensionarios que administra el Instituto Peruano de Seguridad Social podrá obtener el goce de pensión de jubilación, si no acredita haber efectuado aportaciones por un período no menor de veinte años completos, sin perjuicio de los otros requisitos establecidos en la Ley.”

Por lo tanto, por aplicación de normas en el tiempo, actualmente, para gozar de una pensión de jubilación en el SNP se requiere tener 65 años de edad y acreditar por lo menos 20 años de aportaciones; situación que es recogida en el fundamento 2.3.1 de la STC recaída en el Expediente 01184-2014-PA/TC que indica:


La acreditación de la edad puede realizarse con la sola presentación de copia legalizada de su DNI, sin embargo, para la acreditación de las aportaciones habrá de estarse al fundamento 26 de la STC 04762-2007-PA/TC que indica:



De esta manera, con la acreditación de ambos requisitos, es posible obtener una pensión de jubilación en el régimen general del Decreto Ley 19990.

Perú, 19 de setiembre de 2017.


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