MODELO DE RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA EN EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINSITRATIVO

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MODELO DE RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA EN PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Por José María Pacori Cari
Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo

A través del presente modelo queremos mostrar la normatividad que sustenta cada una de las partes que debe de contener un recurso de apelación de sentencia en un proceso contencioso administrativo, este modelo también resultará de aplicación al proceso contencioso administrativo laboral, siendo la diferencia en el pago del arancel judicial de apelación de sentencia, puesto que en lo laboral si el pedido no es cuantificable no se adjuntará arancel, si el pedido excede de 70 URP el pago del arancel por parte del trabajador será del 50% conforme lo establece el art. 8 del Reglamento de Aranceles Judicial Resolución 012-2017-CE-PJ. Por lo demás, deberá poner especial cuidado en la descripción de los errores que contiene la sentencia, así como los agravios económicos o morales que se pueden producir (Autor José María Pacori Cari)

Modelo de apelación de sentencia contenciosa administrativa

EXPEDIENTE                  : (indicar número de expediente)
ESPECIALISTA                : (indicar nombre)
ESCRITO               : 01-2017
SUMILLA              : Recurso de Apelación de Sentencia

SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO (indicar el número de juzgado)

(Indicar el nombre del apelante) en el proceso contencioso administrativo que sigue en contra del (indicar el nombre del demandado); a Ud., respetuosamente, digo:

El Artículo 35, numeral 2.1 del TUO de la Ley 27584 establece que En el proceso contencioso administrativo proceden los siguientes recursos: (…) 2. El recurso de apelación contra las siguientes resoluciones: 2.1 Las sentencias, excepto las expedidas en revisión.”

De esta manera,

I.- PRETENSIÓN IMPUGNATORIA
Interpongo recurso de apelación en contra de la SENTENCIA (…), sólo de la parte que resuelve declarar infundada la demanda para que el Superior en Grado luego de un examen proceda de revocarla[1] en esta parte y se declare fundada en su totalidad la demanda, siendo que el concesorio de apelación debe ser concedido con efecto suspensivo[2] conforme al art. 368, inciso 1 del TUO del CPC.

Ahora, el Artículo 36 del TUO de la Ley 27584 establece que “Los recursos tienen los mismos requisitos de admisibilidad y procedencia regulados en el Código Procesal Civil.

I.- PROCEDENCIA DEL RECURSO DE APELACIÓN
El Artículo 365 del TUO del CPC establece que “Procede apelación: 1. Contra las sentencias, excepto las impugnables con recurso de casación y las excluídas por convenio entre las partes.”
De esta manera, el presente recurso de apelación se interpone en contra de SENTENCIA (…) emitida por el (…) Juzgado (…).

II.- PLAZO DE INTERPOSICIÓN
El artículo 367 del TUO del CPC establece que “La apelación se interpone dentro del plazo legal ante el Juez que expidió la resolución impugnada, acompañando el recibo de la tasa judicial respectiva cuando ésta fuera exigible.”
De esta manera, el artículo 28.2, literal g) del TUO de la Ley 27584 establece que “Los plazos aplicables son: (…) g) Cinco días para apelar la sentencia contados desde su notificación.
Es así que la Sentencia impugnada ha sido notificada al demandante el (…), siendo que el plazo de 5 días vence el (…).

III.- ARANCEL JUDICIAL
El artículo 367 del TUO del CPC establece que “La apelación se interpone dentro del plazo legal ante el Juez que expidió la resolución impugnada, acompañando el recibo de la tasa judicial respectiva cuando ésta fuera exigible.” Respecto del recibo de la tasa respectiva cumplo con adjuntar el arancel respectivo en la suma de (…)
Ahora bien,
El artículo 358 del TUO del CPC establece que El impugnante fundamentará su pedido en el acto procesal en que lo interpone, precisando el agravio y el vicio o error que lo motiva. El impugnante debe adecuar el medio que utiliza al acto procesal que impugna.”

IV.- FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE APELACIÓN

IV.1.- ERROR QUE MOTIVA LA APELACIÓN
1.- El error lo encontramos en el Cuarto Considerando, numeral 4.8 de la Sentencia impugnada que indica: (….)
2.- Lo indicado en este considerando implica la revisión de (…)
3.- Conforme se verifica de la sentencia, se ha (…)
4.- El error en el considerando indicado es que (…)
5.- Lo indicado en el punto anterior, nos lleva a (…)
6.- En efecto, al momento de resolver el Juez no debió (…)
7.- Incluso, respecto de (…)
8.- De esta manera, tenemos que (…)
9.- Por otro lado, es importante indicar que las Resoluciones a las que hace mención el Juez de Primera Instancia se dan en mérito a (…)
10.- Conforme a esta norma a partir de (…).
11.- Conforme a esto procede se declare fundado el presente recurso de apelación y se revoque en la parte indicada la sentencia declarándose fundada la demanda en todos sus extremos.

IV.2.- AGRAVIOS
Me agravia (describa el agravio económico o moral)

POR LO EXPUESTO:
A UD. pido conceder el presente recurso de apelación y se proceda conforme al artículo 373 del TUO del CPC que indica “Concedida apelación, se elevará el expediente dentro de un plazo no mayor de veinte días, contado desde la concesión del recurso, salvo disposición distinta de este Código. Esta actividad es de responsabilidad del Auxiliar jurisdiccional.”

PRIMERO OTROSI.- Adjunto a la presente Arancel judicial de apelación de sentencia.

Arequipa, 26 de abril del 2017.

(Firma del Apelante y del Abogado)



[1] El Artículo 355 del TUO del CPC establece que “Mediante los medios impugnatorios las partes o terceros legitimados solicitan que se anule o revoque, total o parcialmente, un acto procesal presuntamente afectado por vicio o error.” Asimismo, el Artículo 364 del TUO del CPC que indica “El recurso de apelación tiene por objeto que el órgano jurisdiccional superior examine, a solicitud de parte o de tercero legitimado, la resolución que les produzca agravio, con el propósito de que sea anulada o revocada, total o parcialmente.”
[2] El efecto suspensivo lo encontramos en el Artículo 371 del TUO del CPC que indica “Procede la apelación con efecto suspensivo contra las sentencias y autos que dan por concluido el proceso o impiden su continuación, y en los demás casos previstos en este Código.”

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