Ley 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2017: Continúa la prohibición de incremento de remuneraciones en el sector público y nuevamente se producirá el nombramiento de profesionales de la salud y técnicos y auxiliares asistenciales

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Ley 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2017: Continúa la prohibición de incremento de remuneraciones en el sector público y nuevamente se producirá el nombramiento de profesionales de la salud y técnicos y auxiliares asistenciales.

Por José María Pacori Cari
Catedrático de Derecho de la UJCM – Socio de la Asociación Española del Derecho del Trabajo y Seguridad Social.

En materia laboral, el Artículo 6 de la Ley de Presupuesto para el Sector Público del 2017 vuelve a reiterar la prohibición de negociar incrementos remunerativo en los siguientes términos Prohíbase en las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, el reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, estímulos, incentivos, compensaciones económicas y beneficios de cualquier naturaleza, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad, y fuente de financiamiento. Asimismo, queda prohibida la aprobación de nuevas bonificaciones, asignaciones, incentivos, estímulos, retribuciones, dietas, compensaciones económicas y beneficios de toda índole con las mismas características señaladas anteriormente. Los arbitrajes en materia laboral se sujetan a las limitaciones legales establecidas por la presente norma y disposiciones legales vigentes. La prohibición incluye el incremento de remuneraciones que pudiera efectuarse dentro del rango o tope fijado para cada cargo en las escalas remunerativas respectivas.”
Por su parte, pese a que por rumores se indicó que este año ya no habría nombramientos para los profesionales de la salud y los técnicos y auxiliares, nuevamente la Ley de Presupuesto para el 2017 ha indicado en su artículo 8.1, literal g) lo siguiente: “Prohíbese el ingreso de personal en el Sector Público por servicios personales y el nombramiento, salvo en los supuestos siguientes: (…) g) El nombramiento de hasta el 20% (veinte por ciento) de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud - CLAS, definidos a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153.”

Bueno a continuación, el texto íntegro de la Ley 30518 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2017:


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