REDUCCIÓN DE LA REMUNERACIÓN - CONSENSUADA Y NO CONSENSUADA

Imprimir entrada


REDUCCIÓN DE LA REMUNERACIÓN. La reducción de la remuneración en el contexto de la Ley N° 9463, puede ser consensuada y no consensuada, requiriéndose para el primer supuesto la aceptación del trabajador mientras que para el segundo supuesto, la existencia de causa objetiva que de modo excepcional y razonable justifique la medida, este es el Criterio de la Corte Suprema de la República del Perú (COMPILADOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI).


Comentarios