MODELO DE ACTO POR EL QUE EL ÓRGANO INSTRUCTOR SE APARTA DE LAS CONCLUSIONES DE LA SECRETARÍA TÉCNICA EN UN PAD

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MODELO DE ACTO POR EL QUE EL ÓRGANO INSTRUCTOR SE APARTA DE LAS CONCLUSIONES DE LA SECRETARÍA TÉCNICA EN UN PAD
Por José María Pacori Cari
Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo
Socio de la Asociación Española de Derecho de Trabajo y Seguridad Social

ÁREA: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO
LÍNEA: INICIO DE INVESTIGACIONES PRELIMINARES

Este es el sexto modelo (MODELO 06) que ofrecemos sobre el procedimiento sancionador previsto en la Ley 30057 – Ley del Servicio Civil - conforme a la versión actualizada de la Directiva 02-2015-SERVIR/GPGSC RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DE LA LEY 30057, LEY DEL SERVICIO CIVIL. El procedimiento administrativo disciplinario en contra de un servidor o ex servidor puede iniciarse de oficio o a través de una denuncia administrativa que puede ser escrita o verbal, luego la Secretaría Técnica (ST) inicia una investigación preliminar por treinta (30) días hábiles, la ST dentro del plazo indicado emite los siguientes documentos: Carta de respuesta al denunciante, Informe de Precalificación de archivo de denuncia o Informe de Precalificación recomendando el inicio del PAD, hecho esto se remite el informe de precalificación al órgano instructor (en la amonestación será el jefe inmediato, en la suspensión será el jefe inmediato, en la destitución será el Jefe de Recursos Humanos). El órgano instructor puede realizar dos acciones: la primera es apartarse de las conclusiones del Informe de ST. Como verifica pese a que podría existir un Informe de Precalificación que opina por el inicio de PAD, la norma concede al Órgano Instructor la posibilidad de apartarse de esta conclusiones e indicar que no existen razones para iniciar el PAD (véase el numeral 13.1 de la Directiva 02-2015-SERVIR/GPGSC). Esta es otra garantía del debido procedimiento que se otorga a los sujetos del procedimiento administrativo disciplinario (AUTOR: JOSÉ MÁRÍA PACORI CARI).

Modelo de acto de órgano instructor que se aparta de las conclusiones de la ST en un PAD

Arequipa, 12 de agosto de 2016.

CARTA 00  -2016-ST

SEÑOR

SECRETARIO TÉCNICO

Presente.-

ASUNTO            : ACTO QUE SE APARTA DE LAS CONCLUSIONES DE LA ST
REFERENCIA   : EXPEDIENTE Nro. (…) - Informe de Precalificación (…)

De mi mayor consideración:

Previo atento saludo, sustentado en el numeral 13.1 de la Directiva 02-2015-SERVIR-GPGGSC la presente es para comunicarle mi decisión de apartarme de las conclusiones del Informe de Precalificación Nro. (…) que se me ha remitido por cuanto considero que no existen razones para iniciar el PAD, argumentando las razones siguientes:

1.- No existen medios de prueba suficientes que acrediten la existencia de falta administrativa en el presente caso.
2.- La declaración no acredita (…)
3.- (…).

Sin otro particular, quedo de Ud. a la espera del archivo del presente proceso.

Atentamente,

Firma

ÓRGANO INSTRUCTOR

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