¿CÓMO ELABORAR UNA DENUNCIA ADMINISTRATIVA? - MODELO DE DENUNCIA ADMINISTRATIVA CONTRA SERVIDOR PÚBLICO

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¿CÓMO ELABORAR UNA DENUNCIA ADMINISTRATIVA? - MODELO DE DENUNCIA ADMINISTRATIVA CONTRA SERVIDOR PÚBLICO

Por José María Pacori Cari
Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo
Socio de la Asociación Española de Derecho de Trabajo y Seguridad Social

ÁREA: PROCEDIMIENTO ADMINSITRATIVO DISCIPLINARIO
LÍNEA: INICIO DE INVESTIGACIONES PRELIMINARES

Este es el primer modelo (MODELO 01) que ofrecemos sobre el procedimiento sancionador previsto en la Ley 30057 – Ley del Servicio Civil - conforme a la versión actualizada de la Directiva 02-2015-SERVIR/GPGSC RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DE LA LEY 30057, LEY DEL SERVICIO CIVIL. El procedimiento administrativo disciplinario en contra de un servidor o ex servidor puede iniciarse de oficio o a través de una denuncia administrativa que puede ser escrita o verbal, luego la Secretaría Técnica (ST) inicia una investigación preliminar por treinta (30) días hábiles, la ST dentro del plazo indicado emite los siguientes documentos: Carta de respuesta al denunciante, Informe de Precalificación de archivo de denuncia e Informe de Precalificación recomendando el inicio del PAD, hecho esto se remite el informe de precalificación al órgano instructor (en la amonestación será el jefe inmediato, en la suspensión será el jefe inmediato, en la destitución será el Jefe de Recursos Humanos). El órgano instructor puede realizar dos acciones: apartarse de las conclusiones del Informe de ST o emitir el acto de inicio del Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD), dentro de tres (3) días hábiles se procede a la notificación del servidor o ex servidor, realizada la notificación, el servidor o ex servidor puede presentar sus descargos o solicitar la prórroga de presentación de descargos; presentados los descargos se inicia la etapa de instrucción que comprende tener por ofrecidos los medios de prueba, admitir los medios de prueba y actuar los medios de prueba, culminada la instrucción el órgano instructor emite su Informe (en el caso de la amonestación escrita, se remite el informe al Jefe de Recursos Humanos para que oficialice la sanción, puesto que cuando se trata de una amonestación el jefe inmediato también actúa como órgano sancionador), en los casos de suspensión y destitución,, el Informe del Órgano Instructor es recepcionado por el órgano sancionador (en el caso de la suspensión el órgano sancionador es el jefe de recursos humanos, en el caso de la destitución será el titular de la entidad), recepcionado el informe del órgano instructor por parte del órgano sancionador se comunica esto al servidor o ex servidor quien tendrá tres (3) días hábiles para solicitar informe oral (esto es facultativo), se fija lugar, día y hora de la audiencia de informe oral, se tiene diez (10) días hábiles prorrogables por diez (10) días hábiles más para pronunciarse sobre la comisión de la falta o emitir el acto de archivo del PAD, de emitirse acto que impone sanción se indica el derecho del administrado de interponer recurso de reconsideración (facultativo) o recurso de apelación.
En el presente caso, se mostrará cómo hacer una denuncia administrativa escrita (esta denuncia es aplicable para el PAD de amonestación, suspensión o destitución). Para hacer una denuncia administrativa escrita, deberá de considerar las siguientes partes[1]:
1.- Exposición clara de la relación de hechos.
2.- Las circunstancias de tiempo, lugar y modo que permitan su constatación.
3.- La indicación de sus presuntos autores, partícipes o damnificados.
4.- El aporte de la evidencia o su descripción para que la administración proceda a su ubicación.
5.- Indicación de cualquier otro elemento que permita su comprobación.



NOTA: ¿La forma escrita para realizar una denuncia administrativa implica alguna formalidad? Por el principio de informalismo, la denuncia administrativa no implica ninguna formalidad, por lo que toda autoridad administrativa está obligada a darle trámite, la indicación de algunas partes de la denuncia administrativa es orientadora más no obligatoria. Para la realización de una denuncia administrativa se puede usar una solicitud, carta, oficio, memorial, memorándum, etc.

En el presente caso, utilizaremos la forma de solicitud para ejemplificar un modelo de denuncia administrativa (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI).

Modelo de Denuncia Administrativa Escrita tipo solicitud

SUMILLA: Presento Denuncia Administrativa Escrita

SEÑOR (lo puede dirigir a la Secretaría Técnica de la entidad Pública o al más alto funcionario de la entidad para que lo derive a la ST)

Yo, JOSÉ MARÍA PACORI CARI, identificado con DNI 40661255 y domicilio en calle José Gálvez 113, distrito de Hunter, Provincia y Departamento de Arequipa me presento ante usted, con la finalidad de dejar constancia de una denuncia contra el servidor(es) (indicar el nombre del servidor)  de vuestra entidad, conforme a los hechos que a continuación expongo: 

I.- Exposición clara de la relación de hechos
1.- Con fecha 22 de julio de 2016, el servidor público que atiende en Mesa de Partes, por la realización de un trámite, me solicito el pago directo de la suma de treinta soles.
2.- Los treinta soles fueron entregados directamente y no se me entregó constancia de recibo.

II.- Circunstancia de tiempo, lugar y modo que permitan su constatación
Los hechos se dieron e 22 de julio de 2016 a horas aproximadas de doce del día en las instalaciones del Hospital (…), en la Mesa de Partes, siendo el modo la entrega directa de dinero al servidor para la presentación de un escrito.

III.- Indicación de los presuntos autores, partícipes o damnificados
El presunto autor es el servidor (de contar con el nombre puede indicarlo) que presta servicios en la Mesa de Partes del Hospital, no sindico partícipes, y por haber hecho una entrega indebida de dinero me considero damnificado.

IV.- Aporte de evidencia y su descripción
El cargo del Escrito presentado el 22 de julio de 2016, con el objeto de acreditar el trámite realizado en la hora indicada.

V.- Indicación de otro elemento que permita la comprobación de la conducta faltosa
La declaración que se deberá de solicitar al servidor denunciado para que declare de manera directa sobre los hechos investigados.

(Se debe realizar una exposición clara de la relación de los hechos, las circunstancias de tiempo, lugar y modo que permitan su constatación, la indicación de sus presuntos autores y partícipes y el aporte de la evidencia o su descripción, así como cualquier otro elemento que permita su comprobación)

POR LO EXPUESTO:
A UD. pido acceder a mi pedido adjuntando la copia de mi documento nacional de identidad y del cargo del escrito indicado.

Arequipa, 31 de julio de 2016.

(Nombre y firma del denunciante, no es necesario la firma del abogado)



[1] Para la elaboración de una denuncia administrativa debe de tener en cuenta el Artículo 105 de la Ley 27444 que establece “Derecho a formular denuncias 105.1 Todo administrado está facultado para comunicar a la autoridad competente aquellos hechos que conociera contrarios al ordenamiento, sin necesidad de sustentar la afectación inmediata de algún derecho o interés legítimo, ni que por esta actuación sea considerado sujeto del procedimiento. 105.2 La comunicación debe exponer claramente la relación de los hechos, las circunstancias de tiempo, lugar y modo que permitan su constatación, la indicación de sus presuntos autores, partícipes y damnificados, el aporte de la evidencia o su descripción para que la administración proceda a su ubicación, así como cualquier otro elemento que permita su comprobación. 105.3 Su presentación obliga a practicar las diligencias preliminares necesarias y, una vez comprobada su verosimilitud, a iniciar de oficio la respectiva fiscalización. El rechazo de una denuncia debe ser motivado y comunicado al denunciante, si estuviese individualizado.”

Comentarios

  1. Dr.Pacori si un alumno es dado de baja automatica por haberse jalado 3 veces el mismo curso y asi lo establece el reglamento de la universidad privada y ya no le permiten matricularse.Debo presentar una Dda de Amparo,una Medida CAutelar o irme al proceso contencioso Administ.Indico que no hay ninguna resolución administrativa,la baja es automatica.Se puedo invocar la nva Ley Universitaria.Estoy en un dilema.Agradecería su rpta.

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  2. Dr.Pacori si un alumno es dado de baja automatica por haberse jalado 3 veces el mismo curso y asi lo establece el reglamento de la universidad privada y ya no le permiten matricularse.Debo presentar una Dda de Amparo,una Medida CAutelar o irme al proceso contencioso Administ.Indico que no hay ninguna resolución administrativa,la baja es automatica.Se puedo invocar la nva Ley Universitaria.Estoy en un dilema.Agradecería su rpta.

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  3. Muchas gracias por colgar sus modelos, son de mucha utilidad.

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