LAMENTABLEMENTE, LA CORTE SUPREMA HA INDICADO QUE EL PAGO DE LA MOVILIDAD Y REFRIGERIO ES MENSUAL Y NO DIARIO

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Es bueno ser honesto con los servidores públicos, recientemente el 30 de setiembre del 2015, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Casación 14300-2013 SAN MARTÍN que indica expresamente que los conceptos por movilidad y refrigerio se pagan de manera mensual y no diaria, como se pretendían los servidores públicos, resultará falso indicarles que el día de hoy este pedido será fundado. Las sentencias de juzgados y salas superiores se deberán de adecuar a este criterio, las resoluciones que se emitan en mérito de sentencias que en su oportunidad declararon el derecho al pago diario quedarán firmes pero frente a esta decisión de la Corte Suprema no constituyen jurisprudencia vinculante para el Poder Judicial (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI) A continuación se ofrece el texto íntegro de la casación:

Casación 14300-2013 San Martin - No Corresponde El Pago Diario de La Movilidad y Refrigerio

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