RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA 17-2014-SUNAFIL/ILM (emitida 10-09-2014) LA LICENCIA SINDICAL NO SE REGULA POR EL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

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RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA 17-2014-SUNAFIL/ILM (emitida 10-09-2014)

En esta Resolución emitida por el SUNAFIL, se establece que la licencia sindical comprende asistir a reuniones, cursos de formación, seminarios, congresos y conferencias sindicales. Asimismo, los procedimientos sobre permisos y ausencias establecidos en el Reglamento Interno de Trabajo, no resultan de aplicación para el trámite de la licencia sindical. El empleador no puede declarar de plano la improcedencia de la licencia sindical, pero si puede solicitar a la organización sindical que acredite que el permiso solicitado está destinado a cumplir los fines propios de la organización sindical (COMPILADOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)   

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