MODELO DE DEMANDA DE EXONERACIÓN DE ALIMENTOS

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ÁREA: DERECHO DE FAMILIA
LÍNEA: ALIMENTOS

Esta entrada fue hecha en atención a la consulta hecho por nuestra Colega Abogada Pamela López (te deseo éxitos en la carrera). Al hacer esta demanda notamos que la exoneración de alimentos se puede hacer conforme al Código Procesal Civil si se trata de un alimentista mayor de edad  o conforme al Código de los Niños y Adolescentes si el alimentista es menor de edad, en el caso que se ofrece la exoneración de pago de alimentos se refiere a un menor de edad, hemos tenido cuidado de indicar las normas que sustentan esta demanda como la competencia del Juez por razón de la materia y por razón de territorio. Al tramitarse este proceso conforme al Código de los Niños y Adolescentes la vía procedimental que le corresponde es la del Proceso Único, en un pie de página explicamos la vía procedimental, recuerde que estas demandas son modelos para su perfección por parte de los usuarios (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI).

Modelo de demanda de exoneración de alimentos

EXPEDIENTE             :
ESPECIALISTA          :
ESCRITO                   : 01-2014
SUMILLA                   : Demanda de Exoneración de la obligación alimenticia.

SEÑOR JUEZ DE PAZ LETRADO[1]

(NOMBRES Y APELLIDOS DEL DEMANDANTE), con DNI (…), con domicilio real en (…), con domicilio procesal en (…), con domicilio electrónico (…); a Ud., respetuosamente, digo:

I.- COMPETENCIA
El Artículo 96 del Código de los Niños y Adolescentes establece que “El Juez de Paz Letrado es competente para conocer la demanda en los procesos de (…) extinción (…) de alimentos, sin perjuicio de la cuantía de la pensión, la edad o la prueba sobre el vínculo familiar (…)”

II.- DEMANDADO Y DIRECCIÓN
En su calidad de Representante legal del menor, a la Sra. (NOMBRES Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE LEGAL por referirse el presente caso a menores de edad) con domicilio en (indicar el lugar donde viven)

III.- PETITORIO
Interpongo demanda de exoneración de alimentos en contra de la representante legal de mi menor hijo para que se disponga la exoneración de los alimentos que vengo pasando a mi menor hijo (…) en la suma de S/. (…) que vengo otorgando en mérito al Acta de Conciliación Nro. (…) de (…) por no contar con ingresos al haber sido declarado incapacitado permanente, conforme a los siguientes fundamentos.

IV.- FUNDAMENTOS DE HECHO
1.- El demandante en el año 2009, mediante acta de conciliación se comprometió a pasar una pensión alimenticia ascendente a S/.500.00 nuevos soles mensuales a su menor hijo (…), la cual sería depositada en la cuenta corriente de su ex conviviente (madre del niño).
2.- Luego de esto he venido cumpliendo en la medida de mis posibilidades con el pago de los alimentos a los que me comprometí.
3.- Sin embargo, el 31 de enero de este año, tuve una caída en mi trabajo desde un segundo piso, por lo que me fracturé la columna y me dañé órganos internos, quedando discapacitado permanentemente.
4.- A la fecha, he tenido que ser operado en el seguro (SIS), sin embargo, he quedado discapacitado, habiéndoseme otorgado certificado de incapacidad para trabajar por CONADIS a fines de noviembre de este año.
5.- Dentro de este contexto, debido a esta incapacidad permanente declarada por la autoridad competente me veo imposibilitado materialmente para seguir dando alimentos a mi hijo por lo que solicito su exoneración por equidad.

V.- FUNDAMENTOS DE DERECHO
El Artículo 481, primer párrafo,  del Código Civil establece que “El obligado a prestar alimentos puede pedir que se le exonere si disminuyen sus ingresos, de modo que no pueda atenderla sin poner en peligro su propia subsistencia, o si ha desaparecido en el alimentista el estado de necesidad.”. En mi caso al estar incapacitado para el trabajo no puedo percibir ingresos, de modo que no puedo pagar los alimentos a mi hijo sin poner en peligro mi subsistencia.

VI.- MONTO DEL PETITORIO
No es cuantificable en dinero

VII.- VÍA PROCEDIMENTAL
Conforme al artículo 164 y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes, a la presente le corresponde la vía del proceso único, porque se trata de un menor de edad.[2]

VIII.- MEDIOS PROBATORIOS
1.-  Copia Certificada de Acta de Conciliación con lo que acredito el compromiso al que me obligue por motivo de alimentos.
2.-  Copia Certificada de Historia Clínica con lo que acredito el accidente sufrido y los daños a órganos internos.
3.- Copia certificada de Resolución de CONADIS que acredita que he sido declarado incapacitado permanente.
4.- Copia certificada de Certificado de incapacidad para trabajar expedido por CONADIS.

IX.- ANEXOS
1-A Copia de mi Documento Nacional de Identidad
1-B Copia Certificada de Acta de Conciliación.
1-C Copia Certificada de Historia Clínica.
1-D Copia certificada de Resolución de CONADIS.

POR LO EXPUESTO:
A UD. pido admitir a trámite la demanda

Arequipa, 30 de diciembre de 2014.

(Nombres y Apellidos del demandante y firma de Abogado)






[1] La competencia territorial, se rige, en este caso, por lo previsto en el art. 14 del Código Procesal Civil que indica “Cuando se demanda a una persona natural, es competente el Juez del lugar de su domicilio (…)”
[2] Existe un proceso de exoneración de alimentos en el Código Procesal Civil y otro en el Código de los Niños y Adolescentes, el primero se tramita como proceso sumarísimo, el segundo como proceso único, la utilización de una vía procedimental se determina en atención a la edad de la persona, si es menor de edad se aplica el proceso único del Código de los Niños y Adolescentes, si es mayor de edad se tramitará en la vía sumarísima conforme al Código Procesal Civil. Esto lo sustentamos en el artículo V del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes que establece “El presente Código se aplicará a todos los niños y adolescentes del territorio peruano (…)”

Comentarios

  1. Muchismas gracias estimado Doctor.
    Felicito su labor y su excelente pagina, espero poder pronto comentar resultados.

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  2. muy bien doctor, muchas gracias y siga adelante con sus ilustraciones acertadas.

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  3. Desde ya un saludo cordial y agradecer el compartir sus conocimientos en este blog que dilucidan temas de interes...

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  4. muchas gracias no son como otros que pecan de soberbia y quieren que uno se afilie registre son pobres diablos que quieren lucirse ante algo que si bien no es imposible pero a veces resulta indispensable tenerlo a la mano como ahora gracias miles.

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    1. Gracias amigo por el comentario, el dinero no los es todo, tengo hijos, no tengo muchos lujos, pero cuando me siento triste, un "muchas gracias" tiene más valor que todo el dinero, me siento un diablo rico, gracias, seguiré trabajando para ayudar a más personas, aunque a veces el tiempo no me ayude

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  5. gracias doctor, ha sido claro y preciso

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  6. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  7. GRACIAS DOCTOR, POR LAS ORIENTACIONES QUE DA A TRAVES DE ESTE MEDIO...

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  8. En verdad Usted hace honor a la carrera cuya vocación abriga, la humildad a pesar del conocimiento obtenido engrandece a la persona y más aun si ese conocimiento lo comparte sin esperar ningún beneficio económico, sino el saberse agradecido por todo lo que puede aportar en favor de muchos jóvenes ansiosos de conocimiento y eso es lo más importante. Gracias Doctor por su aporte, espero poder seguir su ejemplo cuando acabe la carrera profesional.

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  9. Gracias doctor por sus oportunas orientaciones en esta materia, que nos ilustran a todos los que tenemos problemas de esa naturaleza

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  10. Gracias doctor por sus oportunas orientaciones en esta materia, que nos ilustran a todos los que tenemos problemas de esa naturaleza

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  11. La demanda de exoneración va al mismo juzgado que conoce la demanda de alimentos, o va aleatorio entre todos los juzgados?

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  12. La demanda de exoneracion de alimentos se presenta en el mismo juzgado que conoció el proceso principal.

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  13. buenos dias doctor, por favor tengo unaconsulta: para demandar la exoneracion de alimentos en el caso de hija mayor de edad (y que ademas ya tiene conviviente e hijo) se tiene antes que solicitar el desarchivamiento del expediente donde se determinó los alimentos? hay que presentar copias de ese proceso anterior? gracias de antemano por la atención.

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  14. gracias Doctor por sus ilustraciones

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