MODELO DE DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE PAGO DE INTERESES LEGALES DEL DECRETO DE URGENCIA 037-94

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ÁREA: DERECHO ADMINISTRATIVO
LÍNEA: EMPLEO PÚBLICO

Uno de nuestros lectores me pidió este modelo, me alcanzó algo de tiempo, así que me puse a realizarlo. Este modelo es mejorado al modelo que interpuse en la vida real a la Corte de Justicia, se admitió la demanda y se obtuvo sentencia favorable, como se indicó en entradas anteriores todo documento puede ser perfeccionado por nuestros lectores quienes son libres de modificar y ampliar estos escritos. En esta entrada considero importante tengan en cuenta las referencias de pie de página. Recuerde que toda demanda de cobro de intereses debe contar con tres elementos: fecha desde la cual se computan los intereses, fecha hasta la cual se computan los intereses y monto respecto del cual se generan los intereses (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)

Modelo de demanda de pago de interese legales de los devengados del D. U. 037-94

EXPEDIENTE      :
ESPECIALISTA   :
ESCRITO              :   01-2014
SUMILLA             : DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE COBRO DE INTERESES LEGALES DEL DECRETO DE URGENCIA 037-94

SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO DE TRABAJO – SUB ESPECIALIDAD CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA[1]

(NOMBRES Y APELLIDOS DEL DEMANDANTE), con DNI (…), con domicilio real en (…), con domicilio procesal en (…), con domicilio electrónico en (indicar casilla electrónica dada por el Poder Judicial); a Ud., respetuosamente digo:

I.- DEMANDADOS Y DIRECCIÓN DOMICILIARIA
1.- GERENCIA[2] REGIONAL DE SALUD DE (…), debidamente representado por (…) a quien se notificará en (…)
2.- GOBIERNO REGIONAL DE (…) debidamente representado por su Presidente Regional (…) a quien se le notificará en (…)

II.- EMPLAZADO
En defensa de los intereses del Estado se debe de emplazar al PROCURADOR A CARGO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DEL GOBIERNO REGIONAL DE (…) a quien se le notificará en (…)[3]

III.- PETITORIO
Interpongo demanda contencioso administrativa para que se disponga el pago de los intereses legales generados por el no pago oportuno de los devengados derivados del no pago oportuno del Decreto de Urgencia 037-94 desde el 01 de julio de 1994 (fecha de aplicación de la norma) hasta la fecha de pago total de la deuda (indicar la fecha), actuación a la que se encuentra obligada conforme a lo dispuesto en los artículos 1244 y 1245 del Código Civil[4].

IV.- EXCEPCIÓN AL AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA
Siendo que lo que se solicita es el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 1244 y 1245 del Código Civil, actuación a la que se encuentra obligada por mandato de la ley, me encuentro en la excepción al agotamiento de la vía administrativa prevista en el inciso 2, artículo 21 del TUO de la Ley 27584, habiendo cumplido con cursar el escrito de reclamación correspondiente para que la autoridad cumpla con la actuación a la que se encuentra obligada por mandato de la ley[5].

V.- ACTUACIÓN IMPUGNABLE
Conforme al artículo 4, inciso 2 del TUO de la Ley 27584, la actuación impugnable en el presente caso es la inercia de la Administración pública al no pagar los intereses legales solicitados conforme al artículo 1244 y 1245 del Código Civil.

VI.- PRETENSIÓN IMPUGNATORIA
Conforme al artículo 5, inciso 4, del TUO de la Ley 27584, la pretensión impugnatoria en el presente caso es que “Se ordene a la administración demandada la realización de una determinada actuación a la que se encuentre obligada por mandato de la Ley o en virtud de acto administrativo firme”.

VII.- FUNDAMENTOS DE HECHO
1.- Soy trabajador del (indicar centro de trabajo) bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 276.
2.- Por resolución (indicar el número de la resolución administrativa) se reconoció el pago de devengados derivados del no pago oportuno del Decreto de Urgencia 037-94.
3.- El monto reconocido es de S/. (Indicar el monto de pago de devengados) nuevos soles, siendo que dicho adeudo se calculó desde el 01 de julio de 1994 (fecha de dación de la norma) hasta (indicar la fecha hasta la cual se calculó los devengados)
4.- Estos devengados se terminaron de pagar a mi persona el (indicar la fecha de cumplimiento de pago íntegro de los devengados), fecha hasta la cual se debe de calcular el pago de devengados.
5.- Sin embargo, pese a los artículos 1244 y 1245 del Código Civil no se cumple con pagarme los intereses legales que se han generado como consecuencia del no pago oportuno de los devengados de D. U. 037-94

VIII.- FUNDAMENTOS DE DERECHO
La presente demanda se sustenta en el incumplimiento del artículo 1244 del Código Civil que establece que “La tasa de interés legal es fijada por el Banco Central de Reserva del Perú”, y el incumplimiento del artículo 1246 del Código Civil que establece que “Cuando deba pagarse interés, sin haberse fijado a tasa, el deudor debe abonar el interés legal”, el cumplimiento de estas normas es lo que se demanda en la presente demanda.

IX.- MONTO DEL PETITORIO
Siendo que la presente demanda es para el cumplimiento de normas legales no es cuantificable en dinero.[6]

X.- VÍA PROCEDIMENTAL
La vía del proceso de urgencia.[7]

XI.- MEDIOS PROBATORIOS
1.- Copia fedateada de la resolución que dispone el pago de devengados del Decreto de Urgencia 037-94, con lo que acredito el monto respecto del cual se han generado intereses y la fecha desde la cual se ha realizado el cálculo.
2.- Constancias pago de devengados del Decreto de Urgencia 037-94 con lo que se acredita la fecha última en la cual se me pagó el devengado, para que el cálculo de los intereses se realice hasta esa fecha.
3.- Escrito de reclamación cursado a la entidad demandada para que cumpla con pagarme los intereses legales conforme a lo dispuesto en el art. 1244 y 1245 del Código Civil.[8]

XII.- ANEXOS 
1-A Copia fedateada de la resolución que dispone el pago de devengados del Decreto de Urgencia 037-94, con lo que acredito el monto respecto del cual se han generado intereses y la fecha desde la cual se ha realizado el cálculo.
1-B Constancias pago de devengados del Decreto de Urgencia 037-94 con lo que se acredita la fecha última en la cual se me pagó el devengado.
1-C Escrito de reclamación cursado a la entidad demandada para que cumpla con pagarme los intereses legales conforme a lo dispuesto en el art. 1244 y 1245 del Código Civil.
1-D Copia de mi Documento Nacional de Identidad[9]

POR LO EXPUESTO:
A UD. Pido admitir a trámite la demanda.

Arequipa, 20 de noviembre de 2014.

(Firma de abogado y nombre del demandante)





[1] Por disposición de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, estas demandas se tramitan ante el Juez Especializado en lo Laboral, es probable que en algunos distritos judiciales no esté en vigencia esta norma procesal por lo que se deberá de tramitar ante el Juzgado Especializado Civil.
[2] En algunos casos será una Dirección Regional, en otros puede ser otra entidad, en específica esta parte se refiere a la entidad donde presta servicios y le pagaron el Decreto de Urgencia 037-94
[3] El Procurador Público no es demandado sino defensor abogado del Estado por eso se indica en calidad de emplazado.
[4] Esto es lo que hace que la demanda sea una demanda contencioso administrativa de cumplimiento.
[5] Conforme a la norma indicada no es necesario agotar la vía administrativa en estos casos, sin embargo, deberá presentar a la entidad a demandar un escrito de reclamación de cumplimiento de las normas antes indicadas, luego de presentado este escrito se esperan quince días hábiles, si no se cumple con pagar los intereses legales se procede a la presentación de la demanda. Recuerde esperar quince días hábiles después de presentado el escrito de reclamación.
[6] Puede suceder que Ud. Haga una pericia de parte para determinar el monto de los intereses, en este caso se indica esto en el petitorio y se indica monto del petitorio.
[7] La norma establece que para el caso del proceso contencioso de cumplimiento corresponde la vía procedimental de urgencia, sin embargo, el Juez de oficio y si lo considera pertinente puede cambiar esta vía procedimental a la especial.
[8] También podría ofrecer como medio de prueba la realización de una pericia contable a cargo de un perito del Poder Judicial, esta para determinar por anticipado el monto de los intereses legales generados.
[9] Si ofrece la pericia deberá de agregar un pliego pericial abierto.

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