MODELO DE FUNDAMENTACIÓN DE RECURSO DE APELACIÓN

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ÁREA: DERECHO PROCESAL PENAL
LÍNEA: FUNDAMENTO DE RECURSO DE APELACIÓN

Sucede que con la vigencia del Nuevo Código Procesal Penal se realizan una serie de audiencias en las cuales se emiten resoluciones, cuando uno de los interesados no está conforme con estas resoluciones en la misma audiencia interpone recurso de apelación, en estos casos, el Juez tiene por interpuesto el recurso y dispone que el mismo se fundamente en el plazo de ley. En esta entrada le ofrezco el modelo de cómo se hace este escrito. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)

Modelo de escrito penal de fundamentación de recurso de apelación

EXPEDIENTE     : 363-2013
ESPECIALISTA   : (…)
ESCRITO             : 01-2014
SUMILLA             : Fundamento Recurso de Apelación

SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA

(Nombres y apellidos de quien interpuso el recurso), en la investigación preparatoria iniciada en mi contra; a Ud., respetuosamente, digo:

El día jueves, 21 de agosto de 2014, se realizó audiencia de constitución de actor civil, siendo que en la misma se emite resolución que admite la acusación, por lo que procedí a interponer recurso de apelación en contra de esta resolución emitida en audiencia, el cual lo fundamento de la siguiente manera:

I.- FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Se incurre en error en la resolución impugnada por lo siguiente:
1.- El Artículo 100 del Nuevo Código Procesal Penal que establece “1. La solicitud de constitución en actor civil se presentará por escrito ante el Juez de la Investigación Preparatoria. 2. Esta solicitud debe contener, bajo sanción de inadmisibilidad: a) Las generales de Ley de la persona física o la denominación de la persona jurídica con las generales de Ley de su representante legal; (…)”
2.- El Artículo 20 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley 27867 – establece que “La Presidencia Regional es el órgano ejecutivo del Gobierno Regional; recae en el Presidente Regional, quien es la máxima autoridad de su jurisdicción, representante legal y titular del Pliego Presupuestal del Gobierno Regional.” POR LO QUE EL PRESIDENTE REGIONAL EJERCE LA REPRESENTACIÓN LEGAL.
3.- El Artículo 78 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley 27867 – establece que “La defensa de los derechos e intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional se ejerce judicialmente por un Procurador Público Regional, nombrado por el Presidente Regional, previo concurso público de méritos.” POR LO QUE EL PROCURADOR EJERCE LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL.
4.-  Del escrito de Constitución en Actor Civil, se tiene que no se ha indicado las generales de ley del representante legal del Gobierno Regional de Arequipa, por lo que se ha incumplido con lo dispuesto en el Art. 100, numeral 2, literal a) del Nuevo Código Procesal Penal, situación que no ha sido meritada por el Juez de Investigación Preparatoria.

II.- NATURALEZA DEL AGRAVIO
Me agravia por cuanto no se respeta las formalidades previstas en la ley por cuanto el Procurador no es parte de la relación jurídica material, sino el Presidente del Gobierno Regional.
POR LO EXPUESTO:
A UD. Pido dar al presente recurso el trámite que le corresponda.

Arequipa, 25 de agosto de 2014.


(Firma de abogado e interesado)

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