ÁREA: DERECHO PROCESAL CIVIL
LÍNEA: ACTOS POSTULATORIOS
Le ofrecemos
el modelo de subsanación de demanda, es importante hacer la siguiente
precisión. En algunos casos se ha indicado que la subsanación de la demanda y
la demanda misma son un solo acto procesal, por lo que la subsanación debe ser
firmada también por el demandante, no siendo posible se presente una
subsanación por parte del Abogado en representación del demandante (Tenga
presente esto a fin de pisar firme en su proceso). Si bien esta es una forma de
pensar, no es menos cierto que la demanda y la subsanación son actos procesales
autónomos, y que en atención al principio de pro actione es posible que el
abogado presente la subsanación con su firma, más aún cuando lo que se pide se
subsane son asuntos técnicos que el demandante no conoce. La presente
subsanación de demanda se refiere a un proceso contencioso administrativo
laboral. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Modelo de escrito de subsanación de
demanda
EXPEDIENTE : 03246-2013-0-0401-JR-LA-04
ESPECIALISTA : VEGA GOMEZ
ESCRITO : 01-2013
SUMILLA : SUBSANACIÓN
DE DEMANDA
SEÑOR JUEZ DEL CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO DE
TRABAJO
JULIA CACERES VARGAS en el
proceso contencioso administrativo que sigue en contra del Hospital Honorio
Delgado; a Ud., respetuosamente, digo:
Observaciones
1.- Por
RESOLUCIÓN N° 01 se indica que “De la
demanda presentada se advierte que al designar la parte demandada, no se
estaría valorando lo dispuesto por el acápite 2 del artículo 15° del TUO de la
Ley N° 27584, en cuanto señala que recae la legitimidad para obrar pasiva en la
entidad administrativa cuyo silencio, inercia u omisión es objeto del proceso,
atendiendo que se ha consignado como partes demandadas al Hospital Regional
Honorio Delgado y al Gobierno Regional de Arequipa, pese a que la solicitud de
requerimiento prejudicial presentada con fecha seis de febrero del año dos mil
tres a fin de agotar la vía administrativa, ha sido dirigida únicamente por
ante el Hospital Regional Honorio Delgado, debiendo la demandante precisar la
entidad en quien recae la legitimidad para obrar pasiva.”
2.- Además,
se indica “asimismo deberá adjuntar dos juegos de copias del escrito de
subsanación y de la presente resolución para efectos de notificar a las partes
demandada y emplazada en caso de admitirse la demanda.”
3.- También
se requiere la presentación de la copia de la Constancia de Habilitación de sus
abogados, expedido por el Colegio de Abogados.
Subsanación de observaciones
I.- Respecto de la primera
observación,
precisamos y aclaramos lo siguiente:
1.-
Nuestra demanda se ha dirigido en contra del Hospital Honorio Delgado, entidad
que fue el centro de trabajo de la demandante y quien abona su pensión de
cesantía en la actualidad, prueba de que es el Hospital Honorio Delgado quien
paga la pensión es la boleta de pago que se adjunta como anexo en donde se
verifica que es el Hospital Honorio Delgado quien abona la pensión, incluso
esta entidad es la por Resolución Administrativa reconoció el pago del D. U.
037-94 por lo que también ella será la competente para reconocer intereses
legales, teniendo la legitimidad para obrar pasiva en el presente caso, porque
es parte de la relación jurídica material.
2.-
Ahora, dirigimos nuestra demanda también contra el Gobierno Regional de
Arequipa en el entendido que este Gobierno Regional es considerado para efectos
presupuestales como Pliego presupuestal, siendo que en su estructura orgánica
se comprende a la Gerencia Regional de Salud y dentro de la Gerencia Regional
de Salud al Hospital Honorio Delgado que también para efectos presupuestales
constituye una unidad ejecutora. Se incluye al Gobierno Regional de Arequipa en
su calidad de litisconsorte necesario en el entendido que lo que se decida en
el presente proceso le afectará presupuestalmente.
3.-
Para finalizar esta explicación tenemos que la reclamación de cumplimiento
(requisitos de agotamiento de la vía previa más no de agotamiento de la vía
administrativa) fue enviada al Hospital Honorio Delgado como titular principal
de la relación jurídica material, es el ex empleador, el que pagó y reconoció
los devengados del D. U. 037-94 y el que paga la pensión de la cesante –
demandante.
II.- Respecto de la segunda
observación,
adjunto a la presente cuatro juegos de copias del presente escrito y de la
resolución que la motiva.
III.- Respecto de la tercera
observación,
adjunto copia de mi constancia de habilitación.
POR LO EXPUESTO:
A UD. pido
admitir a trámite la presente demanda.
Arequipa, 05 de junio de
2013.
Es de gran ayuda para los maestros los modelos de demanda gracias
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