MODELO DE MEDIDA CAUTELAR ANTES DE PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

ÁREA: DERECHO ADMINISTRATIVO
LÍNEA: PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
En la presente entrada le ofrecemos el modelos de una medida cautelar antes de proceso, pero diseñada para un proceso contencioso administrativo, no dudamos que se pueda utilizar para otros procesos. Es importante resaltar que se refiere el presente documento a materia laboral y que se han respetado los requisitos pertinentes para conceder una medida cautelar. (AUTORES: JOSÉ MARÍA PACORI CARI y ARMANDO FUENTES ARANGO)
Modelo de medida cautelar antes de proceso
EXPEDIENTE               :
ESPECIALISTA            :
ESCRITO                      : 01-2013
SUMILLA                      : Medida cautelar antes de proceso.
SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO LABORAL.
(NOMBRE DEL SOLICITANTE DE LA MEDIDA), identificado con DNI 29693494, calle Puente Arnau 612, distrito de Miraflores, señalando domicilio procesal en (…); a Ud., respetuosamente, digo:
El artículo 38 del TUO de la Ley 27584 establece que “La medida cautelar podrá ser dictada antes de iniciado un proceso (…)”
Dentro de este contexto, presento medida cautelar antes de proceso conforme a los siguientes términos:
Pretensión cautelar.
Solicito se me conceda medida cautelar de innovar disponiendo la restitución provisional del solicitante en su puesto de trabajo de TÉCNICO DEL ÁREA DE SEGURIDAD del establecimiento penal Arequipa varones – Socabaya de la Dirección regional Sur Arequipa – INPE, mientras dure el proceso contencioso administrativo principal a iniciarse.
Forma de la medida cautelar.
La forma de la medida cautelar es la de INNOVAR prevista en el Artículo 682 del TUO del Código Procesal Civil que indica: “Ante la inminencia de un perjuicio irreparable, puede el Juez dictar medidas destinadas a reponer un estado de hecho o de derecho cuya alteración vaya a ser o es el sustento de la demanda. Esta medida es excepcional por lo que sólo se concederá cuando no resulte aplicable otra prevista en la ley.”
Procedencia 
Conforme al artículo 40 del TUO de la Ley 27584 “Son especialmente procedentes en el proceso contencioso administrativo las medidas cautelar de innovar y de no innovar”, por lo que la excepcionalidad de estas medidas cautelares no es aplicable a un futuro proceso contencioso administrativo.
Bien sobre el que recaerá la medida.
El cargo de TÉCNICO DEL ÁREA DE SEGURIDAD del establecimiento penal Arequipa varones.
Órganos de auxilio.
El Director del Establecimiento Penal Arequipa Varones, Sr. (…), por ser el representante del  Centro de Trabajo donde viene cumpliendo funciones el solicitante, órgano que también se constituye como afectado por la medida cautelar.
Contracautela.
Ofrezco como Contracautela una de naturaleza personal consistente en caución juratoria, sin perjuicio que su despacho de considerarlo pertinente requiera una Contracautela de naturaleza real.
Fundamentos de la pretensión cautelar.
En este rubro explicamos la existencia de verosimilitud del derecho y peligro en la demora.
Verosimilitud del derecho.
1.   El suscrito fue nombrado a partir del 01-06-1999 por RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO 383-99-INPE-P de 07 de junio de 1999.
2.   En mi calidad de nombrado, a partir del 16 de enero de 2001 hasta la fecha vengo laborando en mi centro de trabajo Establecimiento Penal Arequipa Varones, como se puede verificar de la COSNTANCIA  emitida por el JEFE DEL EQUIPO DE RECURSOS HUMANOS DE LA OFICINA REGIONAL SUR AREQUIPA  - INPE.
3.   En estas circunstancias, sin que se me haya comunicado u obtenido mi consentimiento, con fecha 21 de diciembre de 2012, se me remite la cédula de notificación 4493-2012-INPE/04.02 donde el Jefe de Recursos Humanos del Establecimiento Penitenciario de Socabaya me comunica mi rotación a partir de la fecha, sustentado en la RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO 603-2012-INPE/P de 13-12-2012 que resuelve rotar al solicitante del Establecimiento Penitenciario Arequipa al Establecimiento Penitenciario Tacna, como se puede verificar se ha dispuesto rotarme del Departamento de Arequipa al Departamento de Tacna.
4.   En obediencia debida y a fin de que no se me apertura proceso disciplinario por abandono de cargo a la fecha me he visto obligado a presentarme en la ciudad de Tacna, situación que hace de urgencia se me conceda la medida cautelar para estar con mi familia en la ciudad de Arequipa.
5.   Esta situación descrita resulta ilegal por cuanto contraviene lo dispuesto en el Artículo 78 del Decreto Supremo 005-90-PCM (Reglamento del D. Leg. 276) que indica “La rotación consiste en la reubicación del servidor al interior de la entidad para asignarle funciones según el nivel de carrera y grupo ocupacional alcanzados. Se efectúa por decisión de la autoridad administrativa cuando es dentro del lugar habitual de trabajo o con el consentimiento del interesado en caso contrario.”
6.   En efecto, la rotación no se ha realizado dentro del lugar habitual de trabajo que sería dentro de la Ciudad de Arequipa, sino a otro lugar en la Ciudad de Tacna por lo que para proceder a esta forma de desplazamiento de personal se requiere del consentimiento del interesado, situación que no se ha dado en el presente caso como se puede verificar de los actos administrativos que disponen mi rotación.
7.   A esto se suma el hecho que cuento con criterios jurisprudenciales que avalan lo indicado en el punto anterior los cuales son los siguientes:
a.    La Resolución 1 emitida por el Tercer Juzgado Civil de Arequipa en el EXPEDIENTE 2003-03508 donde se verifica que a una persona en mis mismas condiciones se le intentó rotar de Arequipa a Tacna siendo que alegándose la falta de consentimiento y tener familia en Arequipa se otorga la medida cautelar (se anexa a la presente la medida cautelar)
b.   Dictamen fiscal 1123-2008 MP-2FPC en donde se opina porque se declare fundada la demanda, puesto que se entiende que para la rotación a lugar distinto al habitual se requiere del consentimiento del trabajador.
8.   Asimismo, es importante indicar que en la resolución que dispone mi rotación no se indica el periodo de su duración pese a que se sabe que tengo familia en la ciudad de Arequipa, tal como lo paso a explicar en el siguiente rubro de peligro en la demora.
Peligro en la demora.
1.    Con la Constancia de Domicilio de 07 de enero de 2013 acredito que vivo en la ciudad de Arequipa desde hace 36 años en el domicilio de mis papas que ha pasado a ser mi domicilio conyugal, como se puede verificar cuento con esposa y dos hijos.
2.   De la copia de mi DNI se verifica que vivo en Arequipa, del DNI de mi Esposa e hijos acredito familia y que mis hijos son menores de edad y que también viven en Arequipa.
3.   Con el acta de matrimonio acredito que me encuentro casado con la Sra. (…), matrimonio contraído en la ciudad de Arequipa, lo mismo con las partidas de nacimiento de mis menores hijos que nacieron en Arequipa
4.   Asimismo, siendo que mis hijos son menores de edad acredito la necesidad de presencia de mi persona en mi calidad de padre, siendo que incluso mis hijos realizan estudios en la ciudad de Arequipa como se verifica de los recibos de pago de pensión que adjunto.
5.   Por otro lado, con Informe Médico acredito que mi hija (…)  tiene problemas de traumatología `por deformidad de miembros, por lo que no puede irse a la ciudad de Tacna, ni mucho menos alejarse de su padre; situación que halla mayor sustento con el INFORME DE ELECTROENCEFALOGRAFIA donde acredito que mi hijo (…) tiene problemas anormales, junto con el FORMATO DE REFERENCIA se hace un diagnóstico de referencia EPILEPSIA.
6.   Con estos documentos acredito la existencia de peligro en la demora en caso de rotarme a la ciudad de TACNA mi familia necesita de mi presencia.
Medios probatorios y anexos.
Siendo que se ofrece prueba de actuación inmediata consistente en documentos, los medios de prueba van a ser los mismos anexos:
1-A Copia fedateada de mi resolución de nombramiento, con lo que acredito que soy un trabajador del Decreto legislativo 276.
1-B Copia fedateada de CONSTANCIA donde acredito que laboro en la ciudad de Arequipa desde enero de 2001 hasta la fecha
1-C Copia fedateada de Cédula de Notificación que dispone mi rotación y fue enviada por el Jefe de Recursos Humanos de mi Centro de Trabajo en Arequipa.
1-D Copia fedateada de la Resolución que dispone mi rotación de Arequipa a Tacna.
1-E Copia de Notificación judicial y resolución 1 del Tercer juzgado con lo que acredito que existen precedentes de otorgamiento de medida cautelar por lo mismo que indico en la presente, si bien es copia simple declaro bajo juramento que es fiel al original.
1-F Copia de Dictamen donde por los mismos fundamentos indicado se indica que es necesario el consentimiento para rotar a una persona a lugar distinto al habitual.
1-G Copia fedateada de CONSTANCIA DE DOMICILIO con lo que acredito que vivo en la Ciudad de Arequipa.
1-H Copia fedateada de mi Acta de Matrimonio y Actas de Nacimiento de mis hijos para acreditar mi familia.
1-I Copia fedateada de Recibos de pago de estudios con lo que acredito que mis hijos estudian en Arequipa
1-J Copia fedateada de INFORME MÉDICO de mi hija (…) con lo que acredito problemas de deformación.
1-K Copia fedateada de INFORME DE ELECTROENCEFALOGRAFÍA y formato de referencia con lo que acredito que mi hijo (…) tiene problemas de epilepsia.
1-L Copia fedateada de mi DNI, DNI de mi esposa y de mis Hijos, con los que acredito que radicamos en Arequipa.
POR LO EXPUESTO:
A UD. pido acceder a mi solicitud.
Arequipa, 15 de enero de 2013.

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