MODELO DE RECURSO ADMINISTRATIVO DE APELACIÓN EN CONTRA DE UN OFICIO: ¿UN OFICIO ES UN ACTO ADMINISTRATIVO?

ÁREA: DERECHO ADMINISTRATIVO
LÍNEA: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
En esta entrada ofrecemos al Lector un modelo de recurso administrativo de apelación en contra de un “Oficio”. En este punto surge la pregunta el “Oficio” es un acto administrativo. Veamos. Un acto administrativo es una declaración de las entidades que en el marco de las normas del derecho público, está destinado a producir efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados dentro de una situación concreta (véase el artículo 1 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General). Conforme a esta definición, si un documento constituye esta declaración es un acto administrativo, por lo que no sólo las “Resoluciones” son actos administrativos, aunque la forma típica de los estos sea esta. Ahora, ¿cómo sabemos que es un acto administrativo un documento distinto a la resolución?, en principio, sabremos que es tal si desestima el pedido realizado, lo declara improcedente, infundado o fundado. Por ejemplo, si en una carta, un oficio, un memorando estiman o desestiman un pedido de un administrado o grupo de ellos estamos frente a un acto administrativo, sin embargo, tiene que tener en cuenta que puede ser un acto administrativo, pero ¿es válido? Para ser válido se requiere cumplir con los requisitos de validez de los actos administrativo previstos en el artículo 3 de la Ley 27444, en este sentido, si el oficio-acto administrativo es emitido por órgano incompetente, carece de objeto, no cuenta con motivación, etc. este acto administrativo es nulo de pleno derecho. Otra forma de reconocer la existencia de un acto administrativo es si afecta una situación jurídica concreta de un administrado, por ejemplo, se envía un memorando indicando que el contrato de un administrado individualizado ha vencido y se entregue el cargo, si bien no responde a una solicitud anterior, el mismo afecta una situación concreta del administrado pues se afecta su estabilidad laboral. Estas situaciones son importantes para efectos de interponer recursos administrativos y evitar caer en indefensión. Esperamos que el siguiente modelo les sea de utilidad. (AUTORES: JOSÉ MARÍA PACORI CARI y CESAR ALEJANDRO SANTA MARÍA)
Modelo de recurso de apelación contra un Oficio
SUMILLA: Recurso administrativo de Apelación
SEÑOR JEFE DE LA OFICINA DE RECURSOS HUMANOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE (…)
(NOMBRE DEL ADMINISTRADO), con DNI 29292788, con dirección domiciliaria en Cooperativa Daniel Alcides Carreón K-1, distrito de José Luis Bustamante y Rivero; a Ud., respetuosamente, digo:
Expresión concreta de lo pedido.
Interpongo recurso administrativo de apelación en contra del acto administrativo contenido en el Oficio 1213-2012-GRA/ORH a fin de que se declare su nulidad y se acceda a lo solicitado en mi escrito de 23-11-2012, en mérito a los siguientes fundamentos:
Fundamentos del recurso.
1.      Con fecha 23 de noviembre de 2012, solicite el pago de incrementos remunerativos.
2.      Con fecha 26 de noviembre de 2012, en respuesta a mi solicitud se emite el Oficio 1213-2012-GRA/ORH indicando como asunto un doble pronunciamiento.
3.      El referido oficio al desestimar mi pedido constituye un acto administrativo que debe ser declarado nulo por lo siguiente:
a.     Como se verifica el presente pedido es realizado después de concluida mi relación laboral, siendo que el pedido al que se hace referencia en el año 2008 fue cuando estaba trabajando, por lo que el interés para obrar en el presente caso no es el mismo.
b.     Asimismo, se puede verificar que en este pedido se solicita el pago de una indemnización por el daño causado, pedido que no se ha presentado ni ha sido materia de pronunciamiento hasta ahora.
c.     Por otro lado, al momento de resolverse un caso de derecho laboral público, debe de aplicarse lo dispuesto en el  Artículo IV del Título Preliminar del TUO de la normatividad del servicio civil que indica: “Son principios que rigen el servicio civil: (…) 8. Principios de Derecho Laboral.- Rigen en las relaciones individuales y colectivas del servicio civil, los principios de igualdad de oportunidades sin discriminación, el carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitución e interpretación más favorable al trabajador en caso de duda.”
d.     En este sentido, el Artículo Único de la Ley 27321 establece que “Las acciones por derechos derivados de la relación laboral prescriben a los 4 (cuatro) años, contados desde el día siguiente en que se extingue el vínculo laboral.”
e.     En este sentido, el plazo para solicitar el reintegro de remuneraciones se empieza a contar desde el 25 de abril de 2009, por lo que la prescripción para accionar respecto de este punto vence el 25 de abril de 2013, siendo que este derecho no a prescrito y se encuentra amparado por el principio de irrenunciabilidad de derecho no es posible alegar imposibilidad de pronunciamiento sobre el fondo del pedido, más aún cuando este pedido se realiza con posterioridad al término de mi relación laboral.
4.      De esta manera, queda acreditado de manera evidente la existe de una nulidad manifiesta en el oficio notificado.
Anexos.
1-A Copia de mi Documento Nacional de Identidad
1-B Copia del Oficio Impugnado.
POR LO EXPUESTO:
A UD. pido acceder a mi pedido
Arequipa, 12 de diciembre de 2012.

Comentarios

  1. Este modelo de recurso de apelacion debe ser acompañada por la firma de un abogado tambien?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Todo recurso administrativo (apelación, reconsideración y revisión) debe ir con la firma de Abogado

      Eliminar
  2. Buenas noches, quisiera que publiquen o me envíen a mi correo (mikycho_36@hotmail.com), el modelo de escrito solicitando el silencio administrativo positivo, muchas gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Buen comentario, un consejo, utiliza el formato de declaración jurada del silencio administrativo positivo, lo encuentras para descargarlo en el internet, llénalo y preséntalo a la entidad, este formato acredita el uso de silencio administrativo positivo, hasta luego

      Eliminar
  3. Felicitaciones por los logros, tengo dos resoluciones administrativas, de la UGEL Y LA DREC, declarando improcedente mi pago por 30 %, la ultima RD es del año 2012, ¿Que debo hacer para agotar la via administrativa?
    He presentado una solicitud de reconsideracion de pago conforme lo establece la 276 (remuneracion total) por luto y sepelio, ya transcurrieron 30 dias ¿que debo hacer? +

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. si han pasado treinta días hábiles (no feriados, ni sábados ni domingos), puedes interponer un recurso de apelación contra el silencio administrativo negativo para agotar la vía administrativa. Verifica bien los plazo, luego esperar otros treinta días hábiles y presentas tu demanda.
      Un cordial saludo de tu buen vecino
      José María Pacori Cari

      Eliminar
  4. como contestar proceso administrativo

    ResponderEliminar
  5. Muchas gracias por ayudarme y ayudar a muchos que como yo necesitaban un ejemplo del recurso

    ResponderEliminar
  6. Dr, una consulta tendrá alguna sentencia que me pueda brindar o en todo caso una pregunta ¿Las CAJAS MUNICIAPAPLES - CMAC son personas jurídicas de derecho público o de derecho privado?

    ResponderEliminar

Publicar un comentario