MODELO DE ESCRITO ADMINISTRATIVO DE EXCEPCIÓN DE NATURALEZA DE JUICIO EN UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO


ÁREA: DERECHO ADMINISTRATIVO

LÍNEA: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

Existe una tendencia a establecer las bases del derecho sancionador que implicaría unificar los principios que rigen a los derechos que imponen sanciones como es el caso del derecho penal y el derecho administrativo. En este punto, en varias circunstancias nos topamos con la deficiencia del derecho administrativo sancionador en sus figuras jurídicas, siendo que encontramos en el derecho penal figuras que pueden ser adecuadas al proceso administrativo sancionador. En el presente caso, hemos adecuado la figura de la excepción de naturaleza de juicio a un procedimiento administrativo, cambiándole incluso el nombre, con el perdón de los penalistas, a excepción de naturaleza de procedimiento. Por último, es importante indicarle que la aplicación supletoria de normas halla sustento en el Artículo VIII del Título Preliminar de la Ley 27444, cuyo texto, encontrará en el escrito que se ofrece. (AUTORES: JOSÉ MARÍA PACORI CARI y RODOLFO MOURA CAEIRO)

 

Modelo de excepción de naturaleza de juicio en un procedimiento administrativo

 

SUMILLA: EXCEPCIÓN DE NATURALEZA DE PROCEDIMIENTO.

 

SEÑOR PRESIDENTE DE LA COMISIÓN  DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS.

 

(NOMBRE DEL ADMINISTRADO PROCESADO), en el procedimiento administrativo disciplinario que sigue en mi contra el Gobierno Regional de (…); a Ud., respetuosamente, digo:

 

Aplicación supletoria de normas

1. En el proceso penal, se prevé la figura de la excepción de naturaleza de juicio, “cuando se ha dado al proceso una sustanciación distinta a la prevista en la ley.” (Véase el art. 6 del Código Procesal Penal)

2. De esta manera, el Artículo VIII del Título Preliminar de la Ley 27444 establece que “Las autoridades administrativas no podrán dejar de resolver las cuestiones que se les proponga, por deficiencia de sus fuentes; en tales casos, acudirán a los principios del procedimiento administrativo previstos en esta Ley; en su defecto, a otras fuentes supletorias del derecho administrativo, y sólo subsidiariamente a éstas, a las normas de otros ordenamientos que sean compatibles con su naturaleza y finalidad.”

 

Fundamentos.

3. En este sentido, el Código regional de procesos administrativos disciplinarios del Gobierno Regional de Arequipa ha previsto la sustanciación de los procesos disciplinarios en la vía sumarísima y en la vía ordinaria.

4. En este punto hemos tomado conocimiento que la decisión de la comisión de procesos administrativos disciplinarios en el presente caso fue la de sustanciar el presente proceso como uno de naturaleza ordinaria, pero no sumaria.

5. Sin embargo, al momento de transcribir la resolución que me apertura proceso administrativo disciplinario se ha indicado la vía sumaria, debiendo ser ordinaria.

 

Expresión concreta de lo pedido

En este sentido, en vía e excepción de naturaleza de juicio o procedimiento, solicito se adecue el trámite del presente procedimiento administrativo disciplinario a la vía del proceso ordinario previsto en el Código regional de procesos administrativos disciplinarios del Gobierno Regional de (…) a fin de garantizar el requisito de procedimiento regular.

 

POR LO EXPUESTO:

A UD. Pido acceder  a mi pedido.

 

Arequipa, 28 de diciembre de 2012.
FIRMA ADMINISTRADO

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