ÁREA:
DERECHO LABORAL PRIVADO
LÍNEA:
BENEFICIOS LABORALES
Si bien el artículo 17
del Decreto Legislativo 713 no habla sobre la posibilidad de realizar un
acuerdo de fraccionamiento de vacaciones consideramos que en atención al
principio de autonomía de la voluntad se puede hacer este acuerdo. (AUTORES:
JOSÉ MARÍA PACORI CARI y ENRIQUE CARI SUNCHURI)
Modelo
de Acuerdo común de goce vacacional en periodos no inferiores a siete días
naturales.
Conste por medio del
presente documento, un acuerdo laboral de fraccionamiento de vacaciones que
celebran de una parte la Empresa (…), con RUC (…), con domicilio en (…)
debidamente representado por (…), con DNI (…), con domicilio en (…) a quien en
adelante se le denominará EMPLEADOR y de la otra parte el Sr. (…), con DNI (…),
con dirección en (…) a quien en adelante se le denominará TRABAJADOR, conforme
a lo siguiente:
Primero:
El TRABAJADOR ha cumplido con el año de prestación de servicios y el record vacacional
establecidos por ley para gozar del derecho de vacaciones remuneradas, siendo
que ha presentado su solicitud de fraccionamiento de vacaciones de manera libre
y espontánea.
Tercero:
El EMPLEADOR conforme a su actividad empresarial esta en disponibilidad de autorizar
el fraccionamiento de vacaciones propuesto.
Cuarto:
El TRABAJADOR y EMPLEADOR de común acuerdo deciden establecer como periodos
fraccionados de vacaciones los siguientes:
Primer periodo : (indicar fecha de inicio y fecha
de término) (siete días)
Segundo periodo : (indicar fecha de inicio y fecha de
término) (siete días)
Tercer periodo : (indicar fecha de inicio y fecha
de término) (siete días)
Cuarto periodo : (indicar fecha de inicio y fecha de
término) (nueve días)
Quinto:
Sumados los periodos indicados hacen los 30 días calendarios establecidos por
ley para gozar del descanso vacacional.
Sexto:
Ambas partes firman el presente acuerdo, a los 25 días del mes de octubre de
los corrientes, no habiendo mediado dolo, vicio o error en el mismo.
(Firmas del EMPLEADOR y
TRABAJADOR)
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