MODELO DE ACUERDO PARA LA SUSPENSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL


ÁREA. DERECHO LABORAL.

LÍNEA: SUSPENSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL

La suspensión del contrato de trabajo se da cuando cesa temporalmente la obligación del trabajador de prestar el servicio y la del empleador de pagar la remuneración respectiva, sin que desaparezca el vínculo laboral. En el presente caso, le ofrecemos un modelo de acuerdo para la suspensión de la relación laboral. Es importante tener en cuenta las causas de suspensión del contrato de trabajo previstas en el artículo 12 del Decreto Supremo 003-97-TR (Perú) (AUTORES: JOSÉ MARÍA PACORI CARI y ARMANDO FUENTES ARANGO)

Acuerdo para la suspensión de la relación laboral

Conste por la presente el acuerdo de suspensión perfecta de labores, que celebran de una parte (indicar el nombre de la empresa y la razón social) con RUC (…) domiciliado en (…) y debidamente representada por su (especificar el cargo), Señor (…), identificado con DNI (…) a quien en adelante se le denominará EMPLEADOR; y de otra parte don (ña) (indicar el nombre del trabajador), identificado con DNI (…), domiciliado en (…) a quien en adelante se le denominará TRABAJADOR, en los términos y condiciones siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO: El TRABAJADOR viene prestando sus servicios bajo la dirección del EMPLEADOR desde el día (…) de (…) de (…), realizando labores consistentes en (…) a cambio de una remuneración de (…)

OBJETO DEL ACUERDO

SEGUNDO: Ambas partes acuerdan cesar temporalmente la obligación del TRABAJADOR de prestar el servicio y la del EMPLEADOR de pagar la remuneración respectiva, sin que desaparezca el vínculo laboral en virtud del artículo 11 del Decreto Supremo 003-97-TR.

TERCERO: Esta suspensión perfecta de labores se realizará por un período de (…) días, comprendidos entre el (…) de (…) de (…) y el (…) de (…) de (…).

REANUDACIÓN DE LABORES

CUARTO: Una vez vencido el plazo anteriormente señalado el EMPLEADOR se obliga a restablecer al TRABAJADOR en sus funciones sin menoscabo alguno de los beneficios y condiciones correspondientes a tal cargo.

QUINTO: El TRABAJADOR se obliga a poner a disposición del EMPLEADOR sus servicios inmediatamente vencido el plazo de suspensión anteriormente indicado.

CLAUSULA DE EXCEPCIÓN

SEXTO: Una vez culminado el periodo de suspensión se considera vigente la relación laboral para todos los efectos aun cuando el TRABAJADOR no preste efectivamente sus servicios, siempre y cuando no medie culpa o responsabilidad de éste.

Firmado a los (…) días del mes de (…) del (…)
Firma del empleador y Firma del trabajador

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