ÁREA:
DERECHO LABORAL
LÍNEA:
PARTE GENERAL.
AUTORES:
JOSÉ MARÍA PACORI CARI y ARMANDO FUENTES ARANGO
En la presente entrada les ofrecemos algo sobre
la estabilidad laboral, la cual es considerada un principio laboral dentro de
un ordenamiento jurídico.
I.-
Definición
Por la estabilidad
laboral se otorga el carácter permanente a la relación de trabajo haciendo
depender su disolución únicamente de la voluntad del trabajador y sólo
excepcionalmente de la voluntad del empleador. Dependiendo del grado de
libertad del empleador para disolver la relación laboral, la estabilidad
laboral puede ser:
II.-
Clases de estabilidad laboral.
1.
Estabilidad
Absoluta. Por esta estabilidad se niega al
empleador de manera total la atribución de disolver unilateral y
voluntariamente una relación de trabajo. La relación laboral se disuelve por
causales justificadas que se acreditarán en el ámbito judicial.
2.
Estabilidad
Relativa. En esta estabilidad se permite al
empleador la resolución unilateral y voluntaria de la relación laboral en distintos
grados mediante el pago de una indemnización.
III.-
Teoría sobre la estabilidad laboral.
1.
Teoría
social. Una persona no va a desarrollar plenamente su
potencial sino tiene la seguridad y tranquilidad de mantenerse en su trabajo.
Esta corriente sostiene la estabilidad absoluta.
2.
Teoría
napoleónica. No debería de existir la estabilidad
porque propicia que el trabajador no rinda y se incline por la mediocridad. Sin
inestabilidad el trabajador buscará ser el mejor para conservar su empleo. Esta
corriente sostiene la falta de estabilidad.
3.
Teoría
intermedia. El empleador puede despedir y
escoger con quien trabaja, sin embargo, si despide a un trabajador deberá
indemnizarlo. Esta corriente sostiene la estabilidad relativa.
IV.-
Modalidades de la Estabilidad laboral.
1.
Estabilidad
laboral de entrada. El trabajador tiene protección
en la terminación del vínculo laboral desde el inicio del contrato de trabajo,
esta protección se adquiere una vez superado el periodo de prueba.
2.
Estabilidad
laboral de salida. Sólo por causas establecidas en la
ley se puede dar por concluida la relación laboral (esto se conoce como despido
justificado). La estabilidad de salida poder ser:
2.1. Estabilidad de salida
absoluta. El trabajador tiene derecho a la
reposición en el caso de no haber sido despedido por causa justa.
2.2. Estabilidad de salida
relativa. El trabajador tiene derecho a una
indemnización, entre otros beneficios. La estabilidad relativa puede ser:
a. Estabilidad relativa
propia. Cuando se declara la nulidad del despido sin
reposición del trabajador.
b. Estabilidad relativa
impropia. Cuando corresponde la indemnización.
(AUTORES: JOSÉ MARÍA PACORI CARI y ARMANDO
FUENTES ARANGO)
Cuando se inicia el trámite de invalidez, y posterior a esa fecha de iniciación del trámite, el empleador desea despedir al empleado, la ley lo proteje?? tiene estabilidad laboral??
ResponderEliminarGracias
Buenos días, Gracias por la respuesta. Mi mama trabaja como docente contratada hace aproximadamente 20 años en una universidad privada, cada año le renuevan el contrato, cual seria la vía legal para pedir que la nombren o le den contrato a plazo indeterminado, ya que solicito ello en varias ocasiones y no le hacen caso.
ResponderEliminarEspero su pronta respuesta, gracias.
Podría presentar una demanda laboral para que se reconozca su condición de trabajadora a contrato indeterminado bajo el regimen del d. Leg 728 por desnaturalización del contrato civil de locacion de servicios
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