MODELO DE DEMANDA DE AMPARO (I)


ÁREA: DERECHO ESTATAL.

LÍNEA: PROCESOS CONSTITUCIONALES.

Esta es la primera entrada sobre un modelo de demanda para el inicio de un proceso constitucional de protección de derechos constitucionales, por lo que no se ofrece por el momento un modelo de demanda de acción popular e inconstitucionalidad por tratarse de procesos de control de normas jurídicas. Debe de recordar que los procesos constitucionales de amparo son residuales, esto significa que  no debe de existir otra vía para tutelar el derecho, por ejemplo, no se puede demandar la reposición en un caso de despido nulo, por cuanto la vía que prevé la ley es la prevista en la Ley procesal de trabajo. En el presente caso, se ofrece un modelo de demanda referido al respeto del derecho a la seguridad social en la modalidad de pensión de jubilación. Si bien en este caso se ha agotado la vía administrativa, la ley establece que no es necesario. Los requisitos para presentar esta demanda los encuentra en el artículo 42 del Código Procesal Constitucional (Perú). Ahora, si bien no es un requisito previsto en la ley, consideramos importante que en este tipo de demandas se indique o acredite la necesidad de tutela urgente, por lo que hemos agregado un apartado para este caso. Por último, no olvide que los medios de prueba que ofrezca deben de ser de actuación inmediata, por lo que sólo se deben ofrecer documentos, si esto no es posible deberá de utilizar otro proceso judicial para garantizar su derecho. (AUTORES: JOSÉ MARÍA PACORI CARI y JEAN JAURES RENOIR)



Modelo de demanda de amparo.



EXPEDIENTE     :

ESPECIALISTA   :

ESCRITO            : 01-2012

SUMILLA             : Demanda de Amparo.



SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CIVIL



(NOMBRE DE LA PERSONA AFECTADA), con DNI (…), con dirección domiciliaria en (…), señalando domicilio procesal en (…); a Ud., respetuosamente, digo:

I.- Nombre del demandado y su dirección domiciliaria

(Indicar el nombre del funcionario o entidad estatal demandada, por ejemplo) La OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL – ONP – debidamente representado por (…) a quien se notificará con la presente demanda en (…)

II.- Petitorio

Interpongo demanda de amparo para que se declare la nulidad[1] de la resolución (…) que declara improcedente el pago de mi pensión de jubilación por contravenir mi derecho constitucional a la seguridad social, y accesoriamente:

1.   Solicito se disponga el pago inmediato de mi pensión de jubilación, más el pago de reintegros e intereses legales

2.   Solicito se disponga el pago de costos del proceso



III.- Derecho constitucional violado.

Es el derecho previsto en el artículo 37, inciso 19 del Código Procesal Constitucional que indica “El amparo procede en defensa de los siguientes derechos: (…) 19) A la seguridad social.” En el presente caso, la demandada se niega a pagarme mi pensión de jubilación pese a cumplir de manera evidente con los requisitos previsto en la ley

IV.- Fundamentos de la demanda

1.           El demandante es ex trabajador de la Minera Cerro Verde.

2.           En la mencionada Minera ha prestado servicios desde el año de 1991, siendo cesado por límite de edad al cumplir 65 años para obtener una pensión de jubilación.

3.           Habiendo sido cesado inicie mi trámite para obtener mi pensión de jubilación ante la Oficina de Normalización Previsional, la cual ante mi solicitud de pensión, en primera instancia ha declarado denegado mi pedido por cuanto se indica que no he acreditado los veinte años de aportaciones que exige la ley para acceder a este derecho.

4.            En contra de la referida resolución interpuse recurso de apelación el cual ha sido denegado por la resolución cuya nulidad solicito en la presente, esta resolución es nula por cuanto no ha tomado en cuenta lo siguiente:

a.    Se indica que acredito 19 años de aportaciones, sin tomar en cuenta que de enero de 1991 a enero de 1992 trabajé para la empresa tal como se verifica de las planillas de pago que adjunté a mi escrito de apelación.

b.   Se indica que estas panillas no deben de ser tomadas en cuenta por cuanto el recurso de apelación administrativo no es para actuar nuevos medios de prueba sino que se sustenta en la diferente interpretación de medios de prueba, siendo que se debió de interponer recurso de reconsideración.

c.    La ley 27444 indica que es deber de las autoridades administrativas dar a los recursos la naturaleza que les corresponde por lo que se debió de actuar las planillas adjuntadas y conceder la pensión solicitada.

5. Como se verifica resulta evidente la arbitrariedad con la que se actúa puesto que por un defecto formal en un recurso se pretende dejarme sin pensión, razón por la cual procede se declare fundada la presente demanda.

V.- De la necesidad de tutela urgente.

Siendo que se ha violado el contenido esencial del derecho a la seguridad social y tratándose la pensión de una prestación de carácter alimenticio se acredita la necesidad urgente de tutela y la procedencia de la presente demanda de amparo.



VI.- Fundamentos de derecho.

Sustento la presente demanda en el artículo 213 de la Ley 27444 que indica: “El error en la calificación del recurso por parte del recurrente no será obstáculo para su tramitación siempre que del escrito se deduzca su verdadero carácter.” En este sentido, el error en la calificación de mi recurso no es motivo suficiente para denegar mi derecho de acceso a la seguridad social



VII.- Monto del petitorio

Debido a la naturaleza de la pretensión no es cuantificable en dinero.

VIII.- Vía procedimental

La vía especial prevista en el Código procesal constitucional.

IX.- Medios probatorios.

1.           Copia legalizada de las planillas de pago que acreditan la realización de aportaciones de enero de 1991 a enero de 1992 con lo que acredito el año faltante para acceder a mi derecho a la pensión.

2.           Copia fedateada de mi solicitud de pago de pensión de jubilación.

3.           Copia fedateada de la Resolución que resuelve mi solicitud, en donde como anexo se verifica los años de aportaciones acreditados (19) y el año de aportación no acreditado.

4.           Copia fedateada de mi recurso de apelación, al cual adjunte mis planillas y respecto del cual se indica que debió de ser una reconsideración.

5.           Copia de la resolución que deniega mi recurso de apelación, acto que pido se declare su nulidad.



X.- Anexos.

1-A Copia mi DNI.

1-B Copia legalizada de las planillas de pago.

1-C Copia fedateada de mi solicitud de pago de pensión de jubilación.

1-D Copia fedateada de la Resolución que resuelve mi solicitud.

1-E Copia fedateada de mi recurso de apelación.

1-F Copia de la resolución que deniega mi recurso de apelación



POR LO EXPUESTO:

A UD. pido admitir a trámite la presente demanda.



Arequipa, 04 de agosto de 2012.



FIRMA DEL INTERESADO.            FIRMA DEL ABOGADO



[1] Antes de la vigencia de este Código Procesal Constitucional, se utilizaba el  término inaplicar el acto para evitar confundir este proceso con el proceso contencioso administrativo donde se pide también la nulidad  de un acto, sin embargo, el artículo 55, inciso 2, del Código procesal constitucional establece que una sentencia en un amparo puede declarar la nulidad del acto, por lo que en nuestra demanda también se puede pedir la nulidad de un acto.

Comentarios

  1. sres sus redacciones me ayudan mucho y simplican mi trabajo -estudio gracias

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  2. Estimado Dr Pacori agradecería su comentario respecto al siguiente caso: En Materia Pensionaria iniciar jubilación Ley 19990
    1° En materia administrativa cuando es denegada el DERECHO PENSIONARIO--ONP-tenemos dos instancias: Recurso de Reconsideración y Apelacion Pregunta ¿ se vencieron los plazos --existe caducidad-agotamiento de la via administra, sin embargo aceptan activación del expediente ? se vuelve al ciclo inicial-solo deseo un simple comentario o explicación jurisprudencial valida. ¿Por qué? tengo varios casos que si proceden y otros Nó siendo los mismos hechos concluyentes La ONP TIENE UNA DIRECTIVA 2012 ESTA NORMA ESTA POR ENCIMA DE LAS OTRAS¿

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