TÉXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS – TUSNE Y SU MODELO DE RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN


ÁREA: DERECHO ADMINISTRATIVO
LÍNEA: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.
Revisando el Diario Oficial “El Peruano” encontré algo que me pareció curioso: la existencia de un documento interno de gestión denominado TUSNE, la extrañeza se debe a que conozco el TUPA (Texto Único de Procedimientos Administrativos), el CAP (Cuadro Analítico de Personal), el PAP (Presupuesto Analítico de Personal, el MOF (Manual de Organización y Funciones) y el ROF (Reglamento de Organización y Funciones). Así que tuve que verificar que norma justificaba este documento denominado TUSNE que significa TÉXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS. Esta investigación nos llevó a encontrar el último párrafo del artículo 37 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General que establece lo siguiente: “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento.” De esta manera, aquellos servicios que son prestados con exclusividad por una entidad estatal se regulan por el TUPA y en lo que no es exclusivo se regulan por el TUSNE. De tal manera, que el TUSNE es la antítesis del TUPA, pero sirve para que las entidades del Estado puedan, en atención al principio de legalidad, regular también los procedimientos que no son de su exclusividad. (AUTORES: JOSÉ MARÍA PACORI CARI y RODOLFO MOURA CAEIRO)
Por último, les ofrecemos un modelo de resolución que aprueba el TUSNE

Modelo de resolución que aprueba el TUSNE
RESOLUCIÓN RECTORAL (…)
Arequipa, 12 de julio de 2012
VISTOS: el expediente 760-37C, promovido por el Gerente de Planificación y Desarrollo.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio 174-2012 la Gerencia de Planificación y Desarrollo en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 27444 alcanza el Texto Único de Servicios no Exclusivos – TUSNE 2012 de la Universidad Nacional de (…), el cual contiene el consolidado de todos los Servicios no exclusivos así como sus requisitos y costos;
Que, la Ley 27444 en su artículo 37 establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento;
Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 37 de la Ley 27444 y en mérito a las atribuciones conferidas al rectorado según lo dispuesto en el Artículo 33 de la Ley 23733.
SE RESUELVE:
1.   APROBAR el “TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS” – TUSNE 2012 de la Universidad Nacional (…)”
2.   DISPONER que la Gerencia de Planificación y Desarrollo a través de la Dirección de Desarrollo Organizacional se encargue de la difusión del “Texto Único de Servicios no exclusivos – TUSNE 2012, remitiendo a todas las unidades involucradas en la prestación de servicios, una copia del mismo, para su aplicación y difusión en lugares visibles y de fácil acceso a los usuarios, bajo responsabilidad de los jefes y responsables de mesa de partes de  esas áreas.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
FIRMA RECTOR

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