LOS BENEFICIOS QUE OTORGA EL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (AFP) EN EL PERÚ

Los trabajadores dependientes e independientes afiliados al SPP gozan de los siguientes beneficios:
1.       PENSIÓN DE JUBILACIÓN. Es el beneficio que se otorga a los afiliados al cumplir la edad de 65 años o al acceder a una pensión de jubilación anticipada o con garantía estatal. Consiste en el pago de una cantidad de dinero mensual, financiada con el saldo que el trabajador ha acumulado en su Cuenta individual de capitalización (CIC) al momento de su jubilación. De ser el caso, implicará el Bono de reconocimiento o Bono de reconocimiento complementario.
2.       PENSIÓN DE INVALIDEZ. Es la pensión mensual que se otorga con carácter temporal o permanente a aquellos afiliados que sin haber optado aún por una pensión de jubilación, presentan una pérdida mayor o igual al 50% en su capacidad de trabajo.
3.      PENSIÓN DE SOBREVIVENCIA. Es la pensión que reciben los beneficiarios del afiliado (jubilado o pendiente de jubilarse) cuando este fallece. En este tipo de pensión encontramos la pensión de orfandad y la pensión de viudez.
4.      GASTOS DE SEPELIO. Es el beneficio que se otorga en caso de fallecimiento del afiliado para financiar los gastos de sepelio. Este beneficio se concreta mediante el reembolso de los gastos correspondientes o el pago de una suma de dinero considerando un tipo referencial de sepelio. (Autores: Armando Fuentes Arango y José maría Pacori Cari)

Comentarios

  1. AMIGOS: ES ASÍ COMO DEBEN SER LOS ABOGADOS SOLIDARIOS; AL MARGEN DE QUE SEA O NO ABOGADO EL QUE RECIBE ESTE BENEFICIO. MIS SALUDOS RESPETUOSOS. ANTERO.

    ResponderEliminar

Publicar un comentario