MODELO MEDIDA CAUTELAR TEMPORAL SOBRE EL FONDO EN UN PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

EXPEDIENTE               : 3279-2010
ESPECIALISTA             : Zegarra Torres
CUADERNO                : CAUTELAR
ESCRITO                     : 01-2011
SUMILLA                    : Medida cautelar temporal sobre el fondo.

SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO LABORAL DE AREQUIPA
AURORA MERCEDES ESPINOZA DE HEREDIA con DNI 29229373, con dirección en calle Manco Cápac 307, distrito de Yanahuara, señalando domicilio procesal en la Av. Siglo XX, Nro. 120, Oficina 554, La Gran Vía; a Ud., respetuosamente, digo.

I.- Forma de la medida cautelar.
La forma de la medida cautelar que se solicita es una medida temporal sobre el fondo que conforme al art. 674 del CPC se indica “Excepcionalmente, por la necesidad impostergable del que la pide, por la firmeza del fundamento de la demanda y prueba aportada, la medida puede consistir en la ejecución anticipada de lo que el Juez va a decidir en la sentencia (…)”
II.- Pretensión cautelar.
Solicito se me conceda medida cautelar temporal sobre el fondo a fin de que se disponga de manera provisional el término de mi relación laboral  para con la Municipalidad Provincial de Arequipa, disponiéndose de manera provisional el cumplimiento del trámite de pago de mi pensión de cesantía en el Decreto ley 20530, en el entendido que de disponerse mi reingreso al trabajo la citada pensión se suspendería y, en su caso, caducaría, no causándose perjuicio a la Municipalidad.
III.- Órgano de auxilio judicial y afectado con la medida.
La Municipalidad Provincial de Arequipa debidamente representado por su Alcalde Alfredo Zegarra Tejada a quien se le deberá de notificar en la calle El Filtro – 501 del cercado de Arequipa.
IV.- Contracautela.
Ofrezco una contracautela de naturaleza personal.
V.- Bien sobre el que recaerá la medida.
El cargo de Asistenta Social
VI.- Fundamentos de mi pretensión cautelar.
VI.1.- Verosimilitud del derecho que se invoca
1.- La solicitante es trabajadora activa de la Municipalidad Provincial de Arequipa y se encuentra en el régimen laboral del Decreto Legislativo 276 y realiza sus aportes al Régimen Previsional del Decreto Ley 20530. Actualmente ocupa el cargo de Asistente Social
2.- Dentro de este contexto, presente mi escrito de renuncia voluntaria sustentada en el Artículo 34 del Decreto Legislativo 276 “La Carrera Administrativa termina por: (…) b) Renuncia; (…)”
3.- Asimismo, la demandante es empleada nombrada activa en el cargo de Asistenta Social de Empleados y Construcción Civil, siendo que por Sentencia Judicial he alcanzado el cargo de Directora de Cultura y Turismo, Nivel remunerativo F-2, ACTUALMENTE CON MÁS DE 40 AÑOS DE SERVICIOS PRESTADOS AL ESTADO.
4.- Como respuesta a mi pedido de renuncia se ha emitido la RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA 464 de 23 de abril de 2010 denegando mi pedido.
5.- La referida resolución es nula por contravenir la ley ya que en ninguna parte del Decreto Legislativo 276 se establece que la renuncia voluntaria de una trabajadora se encuentra condicionada a la inexistencia de procesos judiciales.
6.- Es necesario señalar que el proceso judicial Expediente 2008-1286  el cual hace mención la autoridad administrativa y que es fundamento de la denegación de mi pedido, existe sentencia de primera instancia y segunda instancia favorable a la recurrente, estando el referido proceso en casación (esto se verifica fácilmente de la base de datos del poder judicial). Por lo que no existe sustento valido para que se me acepte mi renuncia. Esto lo decimos en el entendido que no existe argumento válido para condicionar mi renuncia a mi puesto de trabajo al término de un proceso judicial que puede durar años e incluso viene siendo desfavorable a la Municipalidad
7.- Es así que la nulidad es evidente por cuanto se condiciona mi renuncia al término de  un proceso judicial Expediente 2008-1286, lo cual resulta ilógico, puesto que no se puede obligar a una persona prestar servicios en contra de su voluntad, hacerlo contraviene el principio de libertad de trabajo. El trabajo no solo es un deber sino también un DERECHO.
8.- Resulta arbitrario mantenerme en labores por un periodo de tiempo ilimitado y sin  plazo fijo alguno en esto consiste la nulidad administrativa en el proceso principal.
VI.2.- Peligro en la demora.
1.- Acreditado que no se puede obligar a una persona a prestar servicios sin su voluntad procedemos a explicar las razones por las cuales existe peligro en la demora de no accederse a la presente medida cautelar.
2.- En efecto, la solicitante como se puede verificar de la documentación que se adjunta tiene Artritis reumatoidea, Osteoporosis y otras enfermedades afines. Esto se puede verificar de la documentación que como anexo 1-A de mi demanda adjunto donde resaltado se verifica que la solicitante viene teniendo un tratamiento que de no realizarse producen crisis que en muchos casos, han implicado la expedición de certificados de incapacidad temporal para el trabajo.
3.- De una simple búsqueda en internet se puede verificar que la Artritis reumatoidea es una enfermedad crónica que lleva a la inflamación de las articulaciones y tejidos circundantes. También puede afectar otros órganos. La artritis reumatoidea (AR) se considera una enfermedad autoinmunitaria y se desconoce su causa. El sistema inmunitario del cuerpo normalmente combate las sustancias extrañas, como los virus. Pero en una enfermedad autoinmunitaria, el sistema inmunitario confunde o toma los tejidos sanos como sustancias extrañas y, como resultado, el cuerpo se ataca a sí mismo.
4.- La osteoporosis es una enfermedad en la cual disminuye la cantidad de minerales en el hueso, perdiendo fuerza la parte de hueso trabecular y reduciéndose la zona cortical por un defecto en la absorción del calcio, lo que los vuelve quebradizos y susceptibles de fracturas y de microfracturas, así como anemia y ceguera.
5.- Como se verifica las enfermedades que tiene la solicitante son crónicas y requieren descanso, porque la suscrita al tener el cargo de asistenta social tiene que constituirse a casas y hospitales situación que lejos de coadyuvar a su mejor calidad de vida la perjudica en su salud, esta era la razón por la cual se solicitó su renuncia. Adjunto documentos que acreditan las visitas que realizo a las casas y hospitales como anexo 1-B de la presente.
6.- Por último, presento una sentencia de vista que en mi caso indica que estoy bien incorporada al Decreto Ley 20530 por lo que la alusión a otro proceso en el cual se cuestione este ingreso carece de sentido por la institución de la cosa juzgada, adjunto esta sentencia como anexo 1-C de la presente. Esto no implica que para acceder a la presente medida cautelar se requiera la actuación de medios de prueba sino que la violación resulta evidente, no se puede obligar  una persona a trabajar más aún cuando su estado de salud está en peligro.
VII.- Medios de prueba y anexos.
1-A Documentos que acreditan mi estado de salud y que tengo Artritis reumatoidea y osteoporosis, están certificados de  incapacidad temporal para el trabajo entre otros.
1-B Documentos que acreditan las visitas domiciliarias a casas y hospitales que realizo por ostentar el cargo de Asistenta social.
Estos anexos acreditan la necesidad de conceder la medida cautelar puesto que de obligárseme a continuar trabajando se pone en riesgo mi salud ya que mis enfermedades exigen descanso.
1-C  Copia de sentencia que acredita que estoy incorporada en el Decreto Ley 20530 (régimen previsional)
1-D Copia de la demanda, sus anexos y auto que admite a trámite la demanda.
1-E Copia de mi Documento Nacional de Identidad.
POR LO EXPUESTO:
A UD. pido conceder la presente medida cautelar.
Arequipa,  03 de febrero de 2011.

Comentarios

  1. SEÑORES DOCTORES DE CORPORACIÓN HIRAM LEGAL

    SALUDO Y LES DESEO TODO ÉXITO A SU CORPORACIÓN, LAS DOCUMENTACIONES PROPORCIONADAS A LA COMUIN IDAD SON MUY VALIOSOS Y DE UTILIDAD PARA LA JUSTICIA; MUY RECOINOCIDO A TAN NOBLE CAUSA Y ALTRUÍSMO DE LA CORPORACIÓN, DIOS LOS BENDIGA Y ADELANTE.

    UN ABRAZO

    LIMA, 26 DE JUNIO DEL 2012

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    1. Gracias por escribir su comentario, la verdad nos agrado y vino en un buen momento porque pensamos que parecia que a nadie le interesaba nuestro blog, en realidad lo hemos hecho para facilitar a cualquier ciudadano la documentacion que muchas veces requiere de un pago para su conocimiento, consideramos que el conocimiento no debe de reservarse sino compartirse, espero siga visitándonos y le prometemos seguir subiendo documentos que les ayuden en su vida ciudadana, gracias por su saludo

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    2. Muchas gracias le agrademos por su comentario, pensamos que nuestro blog ya no era de utilidad, esperamos seguir ofreciéndole lo mejor de nuestro conocimiento, no dude en pedirnos lo que desee, estamos para ayudarlo, gracias por su comentario nos subio el ánimo, de verdad muchas gracias seguiremos con nuestro blog

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  2. una pregunta: ¿Es admisible una medida cautelar sobre el fondo en este caso de procesos? y si asi lo es en que tipo mas de procesos yo podría pedir una medida semejante. Pregunto, ya que el Código solo menciona a la asignacion anticipada de alimentos. Gracias

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    1. La respuesta es sí. En cualquier proceso judicial se puede pedir una medida cautealr sobre el fondo, la asignación anticipada de alimentos, sólo es un ejemplo de como se utiliza esta medida cautelar temporal sobre el fondo, mientras la medida cautelar de innovar hace que el pasado regrese al presente, la medida cautelar de no innovar hace que permanentemente vivamos el presente, la medida cautelar sobre el fondo nos hace viver el futuro

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  3. Excelentes aportes y mas excelente la explicación! muchas gracias por compartir sus conocimientos.

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  4. Srs. de corporacion Hiram, es de mucha utilidad las publicaciones para quienes estamos en el ambito juridico, les agradezco por compartir sus conocimientos. Me gustaria saber si se puede solicitar una medida cautelar en proceso de exoneracion de alimentos? Nuevamente gracias.

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    1. Si se puede presentar una medida cautelar temporal por el fondo si se acredita un grave perjuicio, como por ejemplo, si soy el que pasa los alimentos y me encuentro grave de salud (cáncer terminal) es lógico que puedo solicitar ante el peligro de apresurar mi muerte que se me exonere de los alimentos mientras dura el proceso para atender mi salud

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  5. Estoy por presentar una Demanda de Exoneración de Alimentos contra mi ex conyuge ( por recientemente divorciarnos); me sugieren que también solicite una cautelar de suspensión del pago de la pensión alimenticia. es posible me puedan proporcionar un MODELO de ese tipo de Dda. Gracias de antemano.

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  6. buenas noches, mire presente mi demanda de exoneracion de alimentos, pero hay un inconveniente mi hijo vive en el extranjero, la secretaria a incurrido dos veces en el mismo error de notificar al demando (hijo), que me sugiere presentar una medida cautelar para que no se me siga descontando, porque tengo conocimiento (via facebook) que mi hijo ya se comprometio y tiene un hijo, ademas ya es mayor de edad y ha culmidado sus estudios. Es posible que me pueda ayudar. gracias

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  7. que tramite administrativo debo presentar al haber sido objeto de un grave perjuicio en mi contra por directores de un ministerio que me perjudico económicamente y luego reconocen su error.

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  8. Hola, qué debo hacer si DIGEMID para otorgar una CERTIFICACON DE BPM (BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA EN EL EXTRANJERO (INDIA)cobra a una droguería pequeña por auditorias en dicho país la cantidad de 890,000.00 soles por 5 certificaciones. El D. S. N° 056-2013-PCM establece como viáticos (incluye pasajes en clase económica) US $500.00 (QUINIENTOS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS)cifra contraproducente, porque no se condice, no son compatibles, tanto las tarifas de pasajes en el marcado nacional, como los viáticos (hospedaje, alimentación y movilidad) con las tarifas en hotel de 5 estrellas en la ciudad de destino.
    Qué hago para impugnar dichos cobros, me dan 2 días hábiles; los oficios me han llegado con fechas 5, 6 , 8 y 11 enero 2016. Estoy absolutamente turbada.
    He impugnado los cinco oficios por razones de razonabilidad, proporcionalidad y vía de ponderación.

    Pf. ayúdame a darme mayores luces, caeré en la quiebra y tengo tratamientos médicos oncológicos que solventar y son onerosísimos.

    Gracias

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