MODELO DE DENUNCIA PENAL SIMPLE CON PRUEBAS EVIDENTES

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ÁREA: DERECHO PENAL
LÍNEA: DELITOS COMETIDOS POR FUNCIONARIOS

Una denuncia penal no tiene ninguna formalidad, de allí que también se puede hacer de manera verbal o a través de una carta simple y sin ayuda de un abogado. En el presente caso, le ofrecemos una denuncia de varios delitos, los cuales se prueban con fotografías y un audio, no consideramos mayores explicaciones, por cuanto será función del fiscal meritar estas pruebas y disponer la actuación de nuevas de oficio. Es importante tener presente que algunos abogados estilan colocar una serie de normas para agrandar el escrito, situación que no tiene sentido puesto que con pruebas evidente se acredita un delito (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)

Modelo de denuncia penal de delitos múltiples

SUMILLA: DENUNCIA PENAL POR DELITO DE MALVERSACIÓN DE FONDOS, INDUCCIÓN A VOTAR EN SENTIDO DETERMINADO Y PECULADO.

SEÑOR FISCAL PENAL

FRENTE DE DEFENSA DE (…), debidamente representado por su Presidente (…), con DNI (…), indicando domicilio para notificaciones en (…); a Ud. respetuosamente, digo:

I.- DEL DENUNCIADO Y SU DIRECCIÓN
1.- En denunciado en el presente caso es el Sr. (…), en su calidad de Alcalde de (…), a quien se le notificará en (…) lugar donde vive conforme a la ficha de la RENIEC y en su Centro de Trabajo sito en (indicar la dirección de la Municipalidad)
2.- Los demás que resulten responsables en calidad de cómplices primarios y secundarios

II.- DE LOS DELITOS QUE SE DENUNCIAN
Se denuncia la presunta comisión de los siguientes delitos, sin perjuicio de otros que de los hechos se verifiquen:
1.- Delito de “Inducción a no votar o hacerlo en sentido determinado” previsto en el Artículo 356 del Código Penal que indica “El que, mediante dádivas, ventajas o promesas trata de inducir a un elector a no votar o a votar en un sentido determinado, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.”
2.- Delito de “Peculado Doloso” previsto en el Artículo 387 del Código Penal que indica “El funcionario o servidor público que se apropia o utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro, caudales o efectos cuya percepción, administración o custodia le estén confiados por razón de su cargo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años.”
3.- Delito de “Malversación” previsto en el Artículo 389 del Código Penal que indica “El funcionario o servidor público que da al dinero o bienes que administra una aplicación definitiva diferente de aquella a los que están destinados, afectando el servicio o la función encomendada, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.”
4.- Los demás delitos que tipifiquen la conducta ilícita del denunciado

III.- DE LOS HECHOS QUE ACREDITAN LA DENUNCIA Y QUE SERÁN INVESTIGADOS
1.- Respecto del delito de “inducción a no votar o hacerlo en sentido determinado”, es del caso, Señor Fiscal, que el denunciado a colocado una serie de Paneles en la Plaza de Armas, los cuales llevan inscrito arengas a la gestión del Alcalde, situación que pretende hacer votar a los electores a su favor, no está demás advertir que esta situación se debe de comunicar al Jurado Nacional de Elecciones para que tome parte en esta situación y preste un informe a la Fiscalía sobre la posibilidad de colocar estos paneles en la Plaza de Armas. Para acreditar esta situación, adjuntamos fotografías.
2.- Respecto al delito de malversación de fondos y peculado, habrá de estarse a la transcripción de audio que anexo a la presente donde se puede verificar una serie de hechos que configuran y tipifican los delitos denunciados, sin perjuicio que ordene una transcripción por el perito que se indique.

IV.- DE LOS MEDIOS DE PRUEBA
1.- La fotografías de los paneles ubicados en la Plaza de Armas con la finalidad de acreditar la inducción del electorado a votar a su favor.
2.- El informe que se debe de solicitar al Jurado Nacional de Elecciones de la Localidad para que indique si es lícito colocar estos paneles en la Plaza de Armas.
3.- Transcripción de audio con la finalidad de acreditar el contenido del audio que tenemos en nuestro poder.
4.- CD que contiene el audio con la finalidad de acreditar las conversaciones que constituyen delitos.
5.- La pericia que se hará respecto del audio para acreditar su veracidad
6.- Las demás que su despacho disponga.

V.- DE LOS ANEXOS
1-A La fotografías de los paneles ubicados en la Plaza de Armas.
1-B  Transcripción de audio.
1-C CD que contiene el audio.

POR LO EXPUESTO:
A UD. pido aperturar investigación preliminar.

Arequipa, 13 de agosto de 2014.

(Firma de los interesados no es necesaria la firma del abogado)


Comentarios

  1. Buenas tardes, permítame anticipadamente expresarle mi agradecimiento por la orientación que me pueda brindar, mi consulta es sobre si como es el caso el organismo supervisor de telecomunicaciones ha decidido archivar una denuncia presentada contra una empresa de telefonía, como debería proceder, pues dicen que el agraviado es el organismo supervisor y que la potestad es de oficio y por tanto no puedo apelar por no ser el agraviado ni parte sino solo denunciante teniendo solo derecho a ser notificado con el resultado de la denuncia, como debería proceder ante la decisión del organismo supervisor que parece querer proteger a la operadora en vez de a los usuarios.

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