ÁREA:
DERECHO PROCESAL CIVIL
LÍNEA:
NOTIFICACIÓN.
Un Correo Electrónico
motiva esta entrada, en este correo se indica que no se encuentra un modelo de
escrito de levantamiento de reserva de notificación. El caso más común de
reserva de notificación en el proceso civil es el de la demanda, por cuanto se
entiende que una vez notificado el demandado con la demanda podría sustraerse a
sus obligaciones u ocultar bienes, sin embargo, esta situación puede ser
solucionada con una medida cautelar antes de proceso, lo cual garantiza al Juez
examinar la verosimilitud del derecho y evitar reservar la notificación de una
demanda respecto de un proceso iniciado injustamente al demandado. No obra en
el Código Procesal Civil la figura de la reserva de la notificación de la demanda.
Para sustentar nuestra tesis tenemos la siguiente jurisprudencia “El principio de contradicción o
bilateralidad exige que todos los actos del proceso se realicen con
conocimiento oportuno de las partes, lo que se vincula con la finalidad y
efectos de las notificaciones; y el principio de publicidad rechaza los actos
ocultos.” (CASACIÓN 890-99-LIMA, EL PERUANO, 20-10-1990, P. 3786) (AUTOR:
JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Modelo
de escrito judicial de levantamiento de reserva de notificación
EXPEDIENTE : (…)
ESPECIALISTA : (…)
ESCRITO : (…)
SUMILLA : Solicito levante reserva de notificación.
SEÑOR
JUEZ DEL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL.
(NOMBRES Y APELLIDOS DEL
DEMANDADO), con DNI (…), con dirección domiciliaria en (…);
señalando domicilio procesal para notificaciones en (…); a Ud.,
respetuosamente, digo:
En mérito a la copia
de mi Documento Nacional de Identidad y habiendo tomado conocimiento extra
proceso de este juicio en mi contra, solicito se me tenga por parte en el presente
proceso y se disponga el levantamiento de la reserva de notificación de la demanda,
puesto que tal actuación procesal afecta el principio de contradicción y
publicidad como se puede verificar de la siguiente jurisprudencia que indica: “El principio de contradicción o
bilateralidad exige que todos los actos del proceso se realicen con
conocimiento oportuno de las partes, lo que se vincula con la finalidad y
efectos de las notificaciones; y el principio de publicidad rechaza los actos
ocultos.” (CASACIÓN 890-99-LIMA, EL PERUANO, 20-10-1990, P. 3786)
POR
LO EXPUESTO:
A UD. Pido se me tenga
por parte en el presente proceso y se acceda a mi pedido.
Arequipa, 13 de marzo de
2013
Comentarios
Publicar un comentario