MODELO DE MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE RETENCIÓN

ÁREA: DERECHO PROCESAL
LÍNEA: MEDIDAS CAUTELARES
En la presente entrada, se ofrece un modelo de medida cautelar de embargo en forma de retención respecto de unas cuentas bancarias del deudor que mantiene su incumplimiento en el proceso principal. Espero les sea de utilidad. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Modelo de solicitud de embargo de cuentas bancarias
EXPEDIENTE              : 2006-3956.
ESPECIALISTA          : (…)
ESCRITO                    : 01-2013
SUMILLA                    : Medida Cautelar de Embargo en forma de Retención.

SEÑOR JUEZ DEL DECIMO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE AREQUIPA.
JOSUE PAREDES CORI, identificado con DNI 29235635, con dirección domiciliaria en Jirón Victoria Nro. 206 Urbanización Manuel Prado, distrito de Paucarpata, señalando domicilio procesal en (…); a Ud., respetuosamente, digo:
I.- PRETENSION CAUTELAR.-
En vía de proceso cautelar, conforme al art. 657 del Código Procesal Civil, solicito se dicte medida cautelar de EMBARGO EN FORMA DE RETENCIÓN sobre la Cuenta Bancaria 215-0038-750-0-30 y la Cuenta Bancaria 215-0038-751-0-40 (cuenta de la demandada ESSALUD en el proceso de ejecución principal) ubicadas en el Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de S/. 250,000.00 nuevos soles, para lo cual solicite se oficie al Banco de Crédito del Perú para que retenga la suma señalada en el Banco de la Nación a favor del demandante.
II.- FORMA DE LA MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA.-
La medida cautelar que se solicita es la de EMBARGO EN FORMA DE RETENCIÓN, conforme a lo establecido en el artículo 657 del Código Procesal Civil, POR LO QUE RECAE SOBRE DERECHOS DE CRÉDITO, DEBIENDO DEPOSITARSE EL DINERO EN EL BANCO DE LA NACIÓN.
III.- BIENES SOBRE LOS QUE DEBE DE RECAER LA MEDIDA CAUTELAR.-
La medida cautelar solicitada debe de recaer sobre las CUENTAS BANCARIAS NÚMERO 215-0038-750-0-30 Y 215-0038-751-0-40 UBICADAS EN EL BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ.
IV.- ORGANO DE AUXILIO JUDICIAL Y AFECTADO CON LA MEDIDA CAUTELAR.
Para la presente medida cautelar se deben de cursar oficio al Banco de Crédito del Perú cuya dirección es en calle San Juan de Dios con Esquina General Morán.
El afectado con la presente Medida Cautelar es el Seguro Social de Salud (ESSALUD) quien es el titular de estas cuentas)
V.- MONTO DE LA AFECTACION
La presente medida cautelar tiene por monto de afectación la suma de S/. 250 000.00.
VI.- ANEXOS
1-A Copia certificada de la Sentencia 100-2002-DJEC
1-B Copia certificada de la Sentencia de Vista 0555-2002-3SC
1-C Copia certificada de la Resolución 25-2004 que aprueba informe pericial en primera instancia.
1-D Copia certificada del Auto de Vista 427-2005-3sc QUE CONFIRMA LA RESOLUCIÓN QUE APRUEBA LA PERICIA EN PRIMERA INSTANCIA.
1-E Copia certificada de la Resolución 44-2006 por la que en el proceso de amparo en el que se emitió las sentencias materia de ejecución, se dejó expedita la vía para iniciar el presente proceso de ejecución por haber transcurrido más de seis meses sin que ESSALUD haya cumplido con abonarme la suma que me adeuda (véase art. 42.4 de la Ley 27584)
1-F Copia de la Resolución 8 que me fue notificada en el presente proceso, con lo que acredito que a la fecha se ha dado inicio a la ejecución forzada y, por lo tanto, procede la interposición de la presente medida cautelar.
1-G Copia Documento Nacional de Identidad
POR LO EXPUESTO:
A UD.-  pido conceder la medida cautelar solicitada.
PRIMER OTROSI.- Al tener sentencia consentida, me encuentro exonerado de OFRECER CONTRACAUTELA y exponer los fundamentos de mi pretensión cautelar, ELLO EN ATENCIÓN A LO PREVISTO EN EL ART. 615 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL.
SEGUNDO OTROSI.-  No se adjunta medios de prueba, por cuanto el presente proceso se encuentra en etapa de ejecución, no siendo necesario los mismos por existir sentencia que declara fundada la demanda.
Arequipa, 20 de febrero de 2013.

Comentarios

  1. Magnifica pagina ofrece ayuda y orinetacion invaluable, mi felicitacion y agradecimiento, les deseo muchisimos exitos.
    Un TAF

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  2. Mi mayor respeto a quien se SOLIDARIZA con el prójimo COMPARTIENDO sus conocimientos jurídicos. Mi pregunta es: ¿en la medida cautelar no se paga arancel judicial en caso de un embargo de cuentas bancarias?? Gracias.

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    1. La medida cautelar es un cuaderno aparte de un cuaderno principal, por lo que si la medida cautelar se presenta respecto de un proceso civil, pagará la tasa. En el caso de un proceso contencioso administrativo laboral, no se paga la tasa, salvo que supere el mínimo de 70URP supuesto en el cual Ud. pagará la mitad de la tasa. José María Pacori Cari

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    2. Gracias Abogado José Pacori su blog es de mucha utilidad para los estudiantes de derecho y público en general.

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    3. Gracias Dr. Bendiciones para Usted.

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  3. En caso sea un tema laboral?
    se pagaría tasa judicial?

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    1. No se paga, salvo que supere las 70 URP en cuyo caso se paga la mitad de la tasa, actualmente una URP asciende a 380 nuevos soles

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  4. Una consulta, como persona jurídica para una acreencia por menos de 2 URP también tengo que pagar la tasa de S/.380 para la medida cautelar? Eso asegura mi pago si solo tengo un contrato y dos facturas por cobrar?

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  5. BUENOS DIAS, ME AYUDA BASTANTE LO PUBLICADO,TENGO UNA DUDA, EN CASO DE UNA MEDIDA CAUTELAR BANCARIA, TAMBIEN PUEDO INICIARLA ANTES DEL PROCESO DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO?

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    1. si existe peligro, se puede presentar una medida cautelar antes de iniciar el proceso de obligación de dar suma de dinero

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  6. soy un abogado joven y aun conociendo el derecho la cristalizacion de una pretencion muchas veces es complicada por cuanto no existen modelos o escritos como los de esta pagina. suerte.

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    1. Muchas gracias por el comentario. En efecto, el blog trata de ayudar a los abogados que recién inician en la difícil tarea de elaborar una demanda o cualquier escrito, seguiremos trabajando en bien de nuestro Perú

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  7. Hola, gracias por el blog. Quisiera saber si es indispensable aperturar un cuaderno cautelar cuando ya hay sentencia laboral consentida o lo puedo presentar el pedido en el cuaderno principal, para mas rapidez? Gracias de antemano.

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    1. Con una sentencia judicial consentida se tiene que iniciar un proceso de ejecución de resolución judicial, cuando en este proceso se de inicio a la ejecución forzada, deberás de presentar una medida cautelar de ejecución forzada en un cuaderno aparte denominado medida cautelar

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  8. Cómo se hace si no se conoce el numero de cuenta ni el banco de la empresa demandada. Gracias

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    1. Puedes solicitar que el juez oficie a todas las entidades del sistema financiero para que informen sobre cuentas de la empresa, esto se hace una vez se indique que se ha dado inicio a la ejecución forzada

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  9. buenos dias, tengo una sentencia consentida por un proceso de ODSD y haciendo la busqueda de bienes en SUNARP resulta que la ejecutada (persona juridica) tiene una propiedad a su nombre. mi pregunta es ... puedo solicitar una medidad cautela?.. o que debo de hacer?

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  10. Una consulta, en caso de una persona juridica que demanda a su ex trabajador por daños y perjuicios y hay sentencia consentida set tiene que pagar el arancel judicial de 385? el monto es de 39 URP, muchas gracias

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  11. Agradeceré vuestra respuesta a la siguiente consulta: el caso es un ex-trabajador que fue denunciado por Hurto Agravado y que se encuentra con Sentencia firme, confirmada por la Sala a cuatro años de pena suspendida en su ejecución (enero 2013) y al pago de 10,000, el caso es que este mismo trabajador interpuos un porceco laboral, en el cual a obtenido sentencia favorable y se nos esta requiriendo a cumplir con un monto de 4,000 al que fue sentenciado. La consulta es que proceso debo seguir para embargar el importe requerido. (1)Medida Cautelar en forma de embargo ante en el Juzgado de Inv. Preparatoria o (2) solicito compensación al Juzgado de Inv. preparatoria y que éste informe al Juzgado Laboral.

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  12. buenas doctor estaba buscando un escrito de embargo de un bien no inscrito en los registros públicos...espero que me pueda ayudar...y de antemano muchas gracias....muy didáctico su pagina web....atte:julio

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  13. DR. Jose Maria

    Buenas noches, una pregunta este modelo de escrito para medida cautelar de embargo es similiar como TRABAR EMBARGO???, me puede decir la diferencia??

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  14. Buenos días, doctor mi pregunta se puede interponer la medida cautelar tan solo teniendo en cuenta que el demandado es funcionario del estado percibe u sueldo a travez del banco de la nacion, pero no tengo su numero de cuenta..

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  15. Buenas noches ,excelente blog ; agradeceré me pueda orientar : En septiembre 2016 llego a mi centro laboral una notificacion judicial indicando retengan un porcentaje de mi sueldo de manera mensual(medida cautelar fuera de proceso de embargo) ; a la fecha se me sigue reteniendo y descontando (Monto que indicaron retener fue de 17M) .... hace unos dias llego a mi domicilio una notificacion judicial indicando que tengo que pagar 15M soles (Proceso unico de ejecucion bajo apercebimiento de iniciarse la ejecucion forzada) ... Agradecere me pueda orientar al respecto , mil gracias

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  16. Dr. Pacori tengo una sentencia para ejecucion de pago, tiene 2 años aproximadamente que salio y hasta la fecha no me pagan, puedo solicitar una medida cautelar dado al tiempo transcurrido, es materia contencioso administrativo.

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    1. Conforme al art. 47 del tuo de la ley 27584 si en el plazo de seis mese no se produce pago alguno puede interponer una medida cautelar de embargo. Revise este articulo

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  17. Dr. agradezco su apoyo por los modelos que publica. Quisiera hacer una consulta: Antes de presentar medida cautela en un proceso laboral se debe realizar previamente una pericia? Y si es así la pericia se realiza en el proceso principal?

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  18. Buenas tardes, tengo una consulta la cual agradezco de antemano, me gustaría saber que tipos de medidas cautelares puedo iniciar en un proceso de alimento.
    Aparte claro de la asignación anticipada e impedimento de salida del país.
    Aprovecho para felicitar el blog es un excelente aporte y ayuda, gracias

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  19. Buenas tardes Dr Pacori, ante he obtenido sentencia favorable ante jugado laboral y sala laboral, y ya paso el plazo para que la empresa demandada me cancele mis beneficios economicos, Puedo pedir se ejecute el apercibimiento, solicitando se dicte medida cautelar de embargo en forma de retención por el monto del capital de mis beneficios S/. 16,000), sin ofrecer contracautela, ni tasa por medida cautelar, tiene que ser en cuaderno aparte o dentro del principal, debo ofrecer algun medio probatorio o ya no es necesario por las sentencias y estar el caso en ejecucion de sentencia? por favor dr Pacori respondame, anteladamente muchas gracias por su valiosa ayuda

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  20. Estimado Dr., una consulta que pasas si no se conoce el banco ni las cuentas del demandado, como se solicita el embargo?

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