MODELO DE ESCRITO ADMINISTRATIVO DE EXCEPCIÓN DE NATURALEZA DE JUICIO EN UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
ÁREA: DERECHO ADMINISTRATIVO
LÍNEA: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Existe
una tendencia a establecer las bases del derecho sancionador que implicaría
unificar los principios que rigen a los derechos que imponen sanciones como es
el caso del derecho penal y el derecho administrativo. En este punto, en varias
circunstancias nos topamos con la deficiencia del derecho administrativo
sancionador en sus figuras jurídicas, siendo que encontramos en el derecho
penal figuras que pueden ser adecuadas al proceso administrativo sancionador.
En el presente caso, hemos adecuado la figura de la excepción de naturaleza de
juicio a un procedimiento administrativo, cambiándole incluso el nombre, con el
perdón de los penalistas, a excepción de naturaleza de procedimiento. Por
último, es importante indicarle que la aplicación supletoria de normas halla
sustento en el Artículo VIII del Título Preliminar de la Ley 27444, cuyo texto,
encontrará en el escrito que se ofrece. (AUTORES: JOSÉ MARÍA PACORI CARI y
RODOLFO MOURA CAEIRO)
Modelo
de excepción de naturaleza de juicio en un procedimiento administrativo
SUMILLA: EXCEPCIÓN
DE NATURALEZA DE PROCEDIMIENTO.
SEÑOR PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS.
(NOMBRE DEL
ADMINISTRADO PROCESADO), en el
procedimiento administrativo disciplinario que sigue en mi contra el Gobierno
Regional de (…); a Ud., respetuosamente, digo:
Aplicación supletoria de normas
1.
En el proceso penal, se prevé la figura de la excepción de naturaleza de
juicio, “cuando se ha dado al proceso una sustanciación distinta a la prevista
en la ley.” (Véase el art. 6 del Código Procesal Penal)
2.
De esta manera, el Artículo VIII del Título Preliminar de la Ley 27444
establece que “Las autoridades administrativas no podrán dejar de resolver las
cuestiones que se les proponga, por deficiencia de sus fuentes; en tales casos,
acudirán a los principios del procedimiento administrativo previstos en esta
Ley; en su defecto, a otras fuentes supletorias del derecho administrativo, y
sólo subsidiariamente a éstas, a las
normas de otros ordenamientos que sean compatibles con su naturaleza y
finalidad.”
Fundamentos.
3.
En este sentido, el Código regional de procesos administrativos disciplinarios
del Gobierno Regional de Arequipa ha previsto la sustanciación de los procesos
disciplinarios en la vía sumarísima y en la vía ordinaria.
4.
En este punto hemos tomado conocimiento que la decisión de la comisión de
procesos administrativos disciplinarios en el presente caso fue la de
sustanciar el presente proceso como uno de naturaleza ordinaria, pero no
sumaria.
5.
Sin embargo, al momento de transcribir la resolución que me apertura proceso
administrativo disciplinario se ha indicado la vía sumaria, debiendo ser
ordinaria.
Expresión concreta de lo pedido
En
este sentido, en vía e excepción de naturaleza de juicio o procedimiento,
solicito se adecue el trámite del presente procedimiento administrativo
disciplinario a la vía del proceso ordinario previsto en el Código regional de
procesos administrativos disciplinarios del Gobierno Regional de (…) a fin de
garantizar el requisito de procedimiento regular.
POR LO
EXPUESTO:
A
UD. Pido acceder a mi pedido.
Arequipa,
28 de diciembre de 2012.
FIRMA ADMINISTRADO
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