MODELO DE SOLICITUD DE PAGO PERMANENTE DE BONIFICACIÓN DIFERENCIAL (DECRETO LEGISLATIVO 276)

ÁREA: DERECHO LABORAL PÚBLICO
LÍNEA: SISTEMA ÚNICO DE REMUNERACIONES
En la presente entrada le ofrecemos el modelo de solicitud de pago permanente de la bonificación diferencial que se abona al trabajador que ha ostentado por más de cinco años un cargo de responsabilidad directiva. Sobre este modelo queremos se tenga en cuenta lo siguiente:
1.      Esta bonificación diferencial se abona de manera proporcional si sólo se tiene tres años, el pago es completo al alcanzar los cinco años.
2.      No se debe confundir la terminología del derecho laboral público con la terminología del derecho laboral privado, en el sentido que no es lo mismo un funcionario de confianza, funcionario de responsabilidad directiva, con un trabajador de dirección y trabajador de confianza.
3.      En el presente modelo se hace referencia a la existencia de desnaturalización de una encargatura por una designación, ello debido a que sólo el personal designado puede gozar de este beneficio.
4.      Hemos hecho una distinción entre los fundamentos de hecho y de derecho debido a la existencia de cuestiones de puro derecho que se tiene que explicar
Por lo demás esperamos les sea de utilidad este modelo (AUTORES: JOSÉ MARÍA PACORI CARI y CESAR ALEJANDRO SANTA MARÍA)

Modelo de escrito de pago de bonificación diferencial por cargo de responsabilidad directiva

SUMILLA: Solicito pago permanente de bonificación diferencial en el cargo de Jefe de División.

SEÑOR GERENTE DE LA RED ASISTENCIAL (…).

(NOMBRE DEL ADMINISTRADO), con DNI (…), con dirección domiciliaria en (…); a Ud., respetuosamente, digo:

I.- Expresión concreta de lo pedido.
Conforme al artículo 124 del Decreto Supremo 005-90-PCM, solicito se disponga el pago permanente de la bonificación diferencial por desempeñar por más de cinco años el cargo de JEFE DE LA DIVISIÓN DE FINANZAS, más el pago de reintegros e intereses.

II.- Fundamento de hecho
1.      Por RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL 206-GG-ESSALUD-2007 se encarga al suscrito a partir del 26 de enero de 2007 el cargo de JEFE DE LA UNIDAD DE FINANZAS DE LA RED ASISTENCIAL JULIACA.
2.      Por RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL 101-GG-ESSALUD-2008 se encarga al suscrito a partir del 01 de enero de 2008 el mismo cargo.
3.      Por RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL 396-GG-ESSALUD-2008 se encarga al suscrito a partir de 09 de abril de 2008 el cargo de JEFE DE DIVISIÓN DE FINANZAS, cargo que es el mismo que el anterior, debido a la reorganización suscitada en la entidad.
4.      Por RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL 112-GG-ESSALUD-2009 se encarga a partir del 01 de enero de 2009 el mismo cargo.
5.      Por RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL 009-GG-ESSALUD-2010 se encarga a partir del 01 de enero de 2010 el mismo cargo.
6.      Por RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL 067-GG-ESSALUD-2011 se encarga a partir del 01 de enero de 2011 el mismo cargo.
7.      Por RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE RED 003-GRAJUL-ESSALJUD -2012 se encarga a partir del 01 de enero de 2012 el mismo cargo.
8.      Por RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE RED 313-GRAJUL-ESSALUD -2012 se da por concluido el encargo conferido a partir del 07 de septiembre de 2012.
9.      De todo esto se concluye que el suscrito ha ostentado el cargo de JEFE DE DIVISIÓN DE FINANZAS desde el 26 de enero de 2007 hasta el 26 de enero de 2012, siendo que ha realizado 5 años, 8 meses de labor.

III.- Fundamento de derecho.
1. Como se verifica, el suscrito ha ostentado el cargo de JEFE DE DIVISIÓN por más de cinco años.
2. El Artículo 53, literal a) del Decreto legislativo 276 establece que “La bonificación diferencial tiene por objeto: a) Compensar a un servidor de carrera por el desempeño de un cargo que implique responsabilidad directiva; y, (…)”
3. EL Artículo 124 del Decreto supremo 005-90-PCM establece que “El servidor de carrera designado para desempeñar cargos de responsabilidad directiva, con más de cinco años en el ejercicio de dichos cargos, percibirá de modo permanente la bonificación diferencial a que se refiere el inciso a) del Art. 53 de la Ley al finalizar la designación. (…).”
4. De la norma antes indicada por ejercer vía designación un cargo de responsabilidad directiva por más de cinco años adquiero el derecho a percibir la bonificación diferencial de manera permanente.
5.- De esta manera, procedo a probar que ejercí un cargo de responsabilidad directiva vía designación, ya que el tiempo requerido por la norma habría sido cumplido.
6.-  De las resoluciones que se indican, se puede verificar que las mismas indican que se resuelve ENCARGAR el cargo de Jefe de División
7.- Como se observa el cargo conferido fue a través de un encargatura, forma de desplazamiento de personal prevista en el Decreto Supremo 005-90-PCM.
8.- En efecto, el Artículo 82 del Decreto supremo 005-90-PCM indica lo siguiente: “El encargo es temporal excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor. En ningún caso debe exceder el período presupuestal.”
9.- Como se verifica conforme a esta norma solo procede la encargatura en un cargo de responsabilidad directiva, de esta manera, acreditamos que el cargo de JEFE DE DIVISIÓN es un cargo de responsabilidad directiva y no de confianza como erróneamente podría pensarse (esta distinción tiene relevancia en el régimen laboral privado, sin embargo, el suscrito es del régimen laboral público).
10.-  Para no contradecir lo dicho en el punto anterior es importante establecer la similitud entre la encargatura y la designación.
11.- El Artículo 82 del Decreto Supremo 005-90-PCM indica “El encargo es temporal excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor. En ningún caso debe exceder el período presupuestal.”
12.- Por su parte el Artículo 77 del Decreto Supremo 005-90-PCM indica “La designación consiste en el desempeño de un cargo de responsabilidad directiva o de confianza por decisión de la autoridad competente en la misma o diferente entidad (…)”
13.- Como se verifica tanto la encargatura como la designación se realizan en cargo de responsabilidad directiva, por lo que el afirmar que la encargatura ostentada se ha desnaturalizado, no implica negar la naturaleza de responsabilidad directiva del cargo de JEFE DE DIVISIÓN.
14.- Asimismo, se verifica que la encargatura se habría desnaturalizado por una designación al exceder del periodo presupuestal y  no motivarse en la ausencia del titular.
15.- Al verificarse que he ostentado el cargo de JEFE DE DIVISIÓN de responsabilidad directiva por más de 5 años tengo derecho al pago permanente de la bonificación diferencial solicitada.

IV.- Medios de prueba y anexos.
1-A Copia de mi documento nacional de identidad
1-B Copia de la RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL 206-GG-ESSALUD-2007
1-C Copia de la RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL 101-GG-ESSALUD-2008.
1-D Copia de la RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL 396-GG-ESSALUD-2008.
1-E Copia de la RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL 112-GG-ESSALUD-2009.
1-F Copia de la RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL 009-GG-ESSALUD-2010.
1-G Copia de la RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL 067-GG-ESSALUD-2011.
1-H Copia de la RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE RED 003-GRAJUL-ESSALJUD -2012.
1-I Copia de la RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE RED 313-GRAJUL-ESSALUD -2012.
POR LO EXPUESTO:
A UD. pido acceder a mi pedido conforme a la Ley 27444.
Arequipa, 02 de octubre de 2012.

Comentarios

  1. Me gustarioa hacerles una consulta, yo estoy en el cargo de jefe de operaciones de una empresa por mas de 03 años durante casi un año me estuvieron pagando la encargatura, pero me la quitaron ya hace como un año, mi perfil no es el que requiere el puesto pero aun asi sigo desempeñándome en el mismo cargo. ¿Que deveria haser, solicitar que me vuelvan a dar la encargatura o quisa iniciar un proceso para que me den el sueldo como basico, ojala puedan contestarme pronto gracias

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  2. Mucho les agardeceré respondereme la siguiente consulta, en base a los siguientes datos, ya que soy un servidor de carrera, bajo el régimen laboral del D.Leg. 276, de acuerdo al siguiente recor laboral:
    -NOMBRADO como Especialista Administrativo IV - F2, según RM. Nº 292-89-PE a partir del 30-06-1989 hasta el 19-05-1993.
    -ASIGNADO como Director de Sistema Administrativo I - F2, según RER Nº 0146-93-RENOM, que aprueba el Cuadro Nominativo de Personal de la Dirección Sub Regional de Educación Cajamarca, a partir del 20-05-1993 hasta el 27-02-1994.
    -ASIGNADO al cargo de Director de Sistema Administrativo I - F2, según RER N° 101-94-RENOM que reformula el Cuadro para Asignación y Cuadro Nominativo de Personal de la Dirección Sub Regional de Educación IV Cajamarca, a partir del 28-02-1994 hasta el 30-06-2003.
    -ASIGNADO como Director de Sistema Administrativo I - F2,según RDR N° 1760-2003-ED-CAJ, que aprueba el Cuadro Nominativo de Personal de la DRE Cajamarca, a partir del 01-07-2003 hasta la actualidad.
    En tal sentido mi pregunta es. ¿Me corresponde la bonificación diferencial por responsabilidad directiva, establecida en el literal a) del Art. 53 del D. Leg. 276 y si es asi en base a que remuneración se calcularía y en que porcentaje?

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  3. ANONIMO 19 DE SETIEMBRE DEL 2015
    Mucho les agradecere contestar mi consulta,la suscrita estuvo 3 años, 9 meses,y 19dias en cargo de confianza, solo me han considerado ciertos rubros y no el total de los rubros que venia percibiendo como un F-3 YO ENTIENDO QUE ES EL TOTAL QUE VENIA PERCIBIENDO Y LE APLICAN LA PROPORCION QUE ME CORRESPONDE.GRACIAS

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    Respuestas
    1. El nivel F 3 implica un cargo dentro del CAP, por lo que viene dinero para pagar este cargo, la persona que ocupa el cargo percibe todo lo que llega para esta plaza de manera mensual

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