ÁREA: DERECHO LABORAL.
LÍNEA: DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO.
El fuero
sindical representa una protección a trabajadores individualizados y representa
una esfera de protección de la libertad sindical. En el Perú, el fuero sindical
garantiza a determinados trabajadores no ser despedidos ni trasladados a otros
establecimientos de la misma empresa, sin causa justa debidamente demostrada o
sin su aceptación. No será exigible el requisito de aceptación del trabajador
cuando su traslado no le impida desempeñar el cargo de dirigente sindical. Para
el ejercicio práctico del fuero sindical, las organizaciones sindicales deben
cumplir con informar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo los trabajadores
que se encuentran amparados por el fuero sindical. El modelo de esta
comunicación se ofrece en la presente entrada. (AUTORES: JOSÉ MARÍA PACORI CARI
y LUIS ALUDRA MONTES)
Modelo de Comunicación de trabajadores amparados
por el fuero sindical.
Sumilla: Comunicación
de trabajadores protegidos por el fuero sindical.
SEÑORES MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL
EMPLEO (también puede ser una Gerencia
Regional de Trabajo o una Dirección Regional de Trabajo)
SINDICATO DE
(indicar el nombre del sindicato), con registro (…) debidamente representado
por su Secretario General (…), señalando domicilio para notificaciones en (…);
a Ud., respetuosamente, digo:
Por medio del
presente escrito y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 del
Decreto Supremo 011-92-TR ponemos en su conocimiento el nombre y los cargos de
los trabajadores amparados por el fuero sindical (indicar los nombres de los
trabajadores, como por ejemplo)
a)
Secretario General Sr.
(…)
b)
Secretario Adjunto Sr
(…)
c)
Secretario de Defensa
Sr. (…)
d)
Secretario de
Organización Sr. (…)
POR LO TANTO:
A Ud.
cumplimos con informar para los fines de ley.
Arequipa, 14
de septiembre de 2012.
Firma de
representante sindical
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