MODELO DE RESOLUCIÓN QUE TERMINA LA CARRERA ADMINISTRATIVA POR DESTITUCIÓN (VIII)


ÁREA: DERECHO LABORAL PÚBLICO.
LÍNEA: RÉGIMEN LABORAL PÚBLICO DEL DECRETO LEGISLATIVO 276
Esta es la octava entrada sobre modelos de resoluciones administrativas que ponen fin a la carrera administrativa prevista en el Decreto Legislativo 276, supuestos que se podrán verificar en el artículo 34 y 35 del Decreto Legislativo 276 – Ley de bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del sector público – (Perú). En este modelo de resolución es importante notar que en los considerandos se ha tomado en consideración el respeto de los puntos más importantes que debe observar un proceso administrativo disciplinario para no incurrir en un vicio de nulidad, observe detenidamente que se hace mención al respeto de principios del procedimiento administrativo, los cuales como autoridad administrativa se deben de observar. (AUTORES: JOSÉ MARÍA PACORI CARI y ENRIQUE CARI SUNCHURI)

Modelo de resolución de término de la carrera administrativa por destitución.

RESOLUCIÓN
(Indicar número y siglas, esta resolución es emitida por el titular de la entidad)
(Indicar lugar, por ejemplo) Arequipa, (indicar fecha, por ejemplo) 23 de agosto de 2012.
VISTO: (indicar los documentos más importantes que servirán para motivar la resolución, por ejemplo) El expediente administrativo de procedimiento administrativo disciplinario, informe final de la Comisión de procesos administrativos disciplinarios.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 183 del Decreto Supremo 005-90-PCM establece que “El término de la Carrera Administrativa se expresa por resolución del titular de la entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acreditan la misma.”
Que, el Artículo 34, inciso d) del Decreto Legislativo 276 establece que “La Carrera Administrativa termina por: d) Destitución; (…)”
Que, por resolución (…) se apertura proceso administrativo disciplinario en contra del servidor (…), en donde se indican como presuntas conductas faltosas las siguientes: (Indicar la conducta faltosa debidamente especificada)
Que, el administrado presenta su escrito de descargos ofreciendo como medios de prueba los siguientes (indicar los medios de prueba ofrecidos, que sean útiles para el análisis del proceso)
Que, se ha procedido a la actuación de los siguientes medios de prueba en atención al principio de verdad material (indicar los principales medios de prueba actuados y que sirven de base para motivar la presente resolución)
Que, actuados los medios de prueba, a pedido del administrado se le ha concedido el uso de la palabra el día (…) habiendo manifestado las alegaciones pertinentes, presentando escrito de conclusiones de informe oral.
Que, la Comisión de Procesos administrativos disciplinarios ha emitido informe final respecto de las presuntas faltas imputadas, indicando que las mismas se hallan probadas y propone como órgano instructor una sanción de destitución, con lo que se pasan los actuados al órgano resolutor.
Que, estando a los medios de prueba actuados queda claramente acreditado la comisión de las siguientes faltas administrativas, tipificadas como tales en las siguientes normas (indicar las normas que establecen que las conductas realizadas son faltas para respetar el principio de tipicidad y legalidad)
Que, los descargos presentados y los medios de prueba no han logrado desvirtuar las pruebas de cargo establecidas (recuerde que la carga de la prueba en un procedimiento sancionador está a cargo de la Administración y no del administrado)
Que, se propone la sanción de destitución, la cual es acorde con el respeto al debido proceso y se sustenta en pruebas que acreditan la aplicación del  principio de verdad material.
Estando a (indicar las normas pertinentes para cada institución)
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1. IMPONER sanción de destitución al Servidor (…), en el cargo de (…), Nivel remunerativo (…), grupo ocupacional (…), plaza.
ARTÍCULO 2. DECLARAR vacante el cargo de (...).
ARTÍCULO 3. DISPONER la notificación de la presente al administrado para que interponga los recursos administrativos que considere pertinentes en el plazo de 15 días hábiles de notificado con la presente.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
Firma del Titular de la entidad.

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