CESE DEFINITIVO: MODELO DE RESOLUCIÓN QUE TERMINA LA CARRERA ADMINISTRATIVA POR INEFICIENCIA O INEPTITUD COMPROBADA PARA EL DESEMPEÑO DEL CARGO (VII)


ÁREA: DERECHO LABORAL PÚBLICO.
LÍNEA: RÉGIMEN LABORAL PÚBLICO DEL DECRETO LEGISLATIVO 276
Esta es la séptima entrada sobre modelos de resoluciones administrativas que ponen fin a la carrera administrativa prevista en el Decreto Legislativo 276, supuestos que se podrán verificar en el artículo 34 y 35 del Decreto Legislativo 276 – Ley de bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del sector público – (Perú). A su vez, esta es la quinta entrada sobre un modelo de resolución de cese definitivo por ineficiencia comprobada para el desempeño del cargo. En este caso, hemos juntado los supuestos de ineficiencia y ineptitud para el trabajo. Mientras la ineficiencia para el trabajo implica una violación del principio de eficiencia que implica usar de la mejor manera posible los medios que se otorgan a la autoridad administrativa, la ineptitud se relaciona con el servidor el cual no es apto por no cumplir con el perfil laboral para cumplir una determinada labor lo que genera una ineptitud para el trabajo. (AUTORES: JOSÉ MARÍA PACORI CARI y ENRIQUE CARI SUNCHURI)

Modelo de resolución de término de la carrera administrativa por ineficiencia o ineptitud comprobada

RESOLUCIÓN
(Indicar número y siglas, esta resolución es emitida por el titular de la entidad)
(Indicar lugar, por ejemplo) Arequipa, (indicar fecha, por ejemplo) 23 de agosto de 2012.
VISTO: (indicar los documentos más importantes que servirán para motivar la resolución, por ejemplo) La Resolución de nombramiento (…) del trabajador (…); el Informe de la Oficina de Personal (…); Informe de Junta Investigadora.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 183 del Decreto Supremo 005-90-PCM establece que “El término de la Carrera Administrativa se expresa por resolución del titular de la entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acreditan la misma.”
Que, el Artículo 184 del Decreto Supremo 005-90-PCM establece que “En los casos de fallecimiento, renuncia o cese definitivo, la resolución respectiva expresará además todos los aspectos referentes a la situación laboral del ex-servidor, a fin de facilitar el inmediato ejercicio de los derechos económicos que le corresponda.”
Que, el Artículo 34, inciso c) del Decreto Legislativo 276 establece que “La Carrera Administrativa termina por: c) Cese definitivo; (…)”
Que, el Artículo 35, inciso d) del Decreto Legislativo 276 establece que “Son causas justificadas para cese definitivo de un servidor: d) Ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño del cargo; (…)”
Que, por resolución (…) se declara el nombramiento del (…) en el cargo de (…), número de Plaza (…).
Que, por Informe de Junta Investigadora integrada por (…) se ha determinado que el servidor (…) ha sido sancionado en dos oportunidades por abandono de cargo implicando sanciones e suspensión de treinta días por cada falta situación que se encuentra dentro del supuesto normativo previsto en el Artículo 188 del Decreto Supremo 005-90-PCM que acredita la existencia de ineptitud e ineficiencia en el puesto de trabajo, al haber acontecido que los días (…) por tercera vez el servidor en mención se ausentó sin justificación alguna de su puesto de trabajo de Abogado, situación que a la fecha de emisión de esta resolución no ha sido justificada debidamente, lo que motiva declarar el término de la carrera administrativa
Que, conforme al Informe de Oficina de Personal se verifica que el servidor cuenta con 25 años de servicios prestados a la institución, ostentaba el cargo de (…), con nivel remunerativo (…), grupo ocupacional (…), plaza (…)
Estando a (indicar las normas pertinentes para cada institución)
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1. DECLARAR el término de la carrera administrativa, por CESE DEFINITIVO por ineficiencia e ineptitud comprobada para el desempeño del cargo de (…), Nivel remunerativo (…), grupo ocupacional (…), plaza (…).
ARTÍCULO 2. DECLARAR como tiempo efectivo de servicios prestados al Estado el de (…)
ARTÍCULO 3. DISPONER la liquidación de beneficios sociales por parte de la Oficina de Recursos Humanos.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE
Firma del Titular de la entidad.

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