LOS BIENES DE LA PROPIA PRODUCCIÓN DE LA EMPRESA QUE SON OTORGADOS A SUS TRABAJADORES

ÁREA: DERECHO LABORAL PRIVADO
En algunos casos las empresas les otorgan a sus trabajadores algunos bienes que son fruto de su propia producción, estas entregas no corresponden remuneración en especie, salvo que exista una desnaturalización comprobada.
Son condiciones que debe de reunir esta situación las siguientes:
1.       Deben tratarse de bienes provenientes de la misma producción de la empresa, no deben ser bienes que hayan sido adquiridos de otras empresas.
2.       La razonabilidad de la entrega, la cantidad a entregarse debe corresponderse con el consumo directo del empleado y el de su familia.
3.      Debe tenerse en cuenta el valor del bien a entregarse, el cual no puede estar muy cerca de la remuneración, tanto que parecería sustituirla.
Como se verifica, lo indicado sirve para establecer si estas entregas de bienes constituyen por desnaturalización una remuneración en especie. (AUTORES. JOSÉ MARÍA PACORI CARI y ARMANDO FUENTES ARANGO)

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