LOS APORTES AL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP) O AFP

Los aportes son el dinero que se descuenta del sueldo mensualmente y se abona en su propio fondo de pensión para financiar su jubilación. Una parte de estos aportes sirven para financiar la cobertura de tu seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio que otorga cada AFP.
Características de los aportes.
1.       Están a cargo del trabajador.
2.       Pueden provenir de trabajadores dependientes, independientes o de terceros.
3.      Se calculan tomando como base la remuneración asegurable del afiliado.
Clases de aportes.
a.      Aportes obligatorios. Son los aportes que el afiliado debe realizar mensualmente a su AFP y se componen de: El 10% de la remuneración asegurable para su cuenta individual de capitalización, destinado a financiar su pensión de jubilación; un porcentaje de la remuneración asegurable destinado a protegerlo con un seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio; el porcentaje de comisión sobre la remuneración asegurable destinado a cubrir las comisiones que cobran las AFP por la administración del fondo de pensiones.
b.      Aportes voluntarios. Los afiliados pueden realizar aportes voluntarios a su cuenta individual de capitalización con la finalidad de: Usar su fondo de pensión como una opción de ahorro; lograr un mayor monto para su pensión de jubilación; alcanzar el requisito para la jubilación adelantada. Existen dos tipos de aportes voluntarios:
b.1. Aportes voluntarios sin fin previsional. Pueden ser realizados por afiliados que tengan como mínimo 5 años de incorporados al Sistema privado de pensiones o que cuenten con más de 50 años de edad. Son embargables. Se abonan a una subcuenta de la Cuenta individual de capitalización. La AFP puede cobrar una comisión por el retiro o la administración de los aportes voluntarios sin fin previsional. No hay monto mínimo ni máximo para el aporte. Los aportes voluntarios se pueden hacer en un tipo de fondo distinto al de los aportes obligatorios, así como en otra AFP. Si el afiliado lo desea pueden ser convertidos en aportes voluntarios con fin previsional.
b.2. Aportes voluntarios con fin previsional. Pueden ser realizados por los trabajadores dependientes, trabajadores independientes, empleadores y por terceros con la finalidad de asegurar una mejor pensión de jubilación. Son inembargables. Ganan la rentabilidad del tipo de fondo en el que elijan colocar estos aportes voluntarios. Se abonan en una subcuenta de la Cuenta individual de capitalización. Solo podrán ser retirados cuando el afiliado solicite su pensión de jubilación. Al momento de retirar estos aportes la AFP podrá cobrar una comisión por retiro o administración de los mismos. Solo se pueden realizar, en caso los aportes obligatorios se encuentran en la misma AFP y de haberlos pagado en el mismo mes. Se pueden hacer aportes voluntarios en un tipo de fondo distinto al de los aportes obligatorios. La AFP puede cobrar una comisión por la administración de los aportes Voluntarios con fin previsional. (Autores: Enrique Cari Sunchuri y José María Pacori Cari)

Comentarios